III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2024-2301)
Resolución de 30 de enero de 2024, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Huelva, para la realización de prácticas académicas externas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 33

Miércoles 7 de febrero de 2024

Sec. III. Pág. 14741

La realización de las prácticas no se considerará mérito alguno para el acceso a la
función pública, ni podrá computarse a efectos de antigüedad o de reconocimiento de
servicios previos en el conjunto de las Administraciones Públicas.
Sexta. Obligaciones y compromisos de ambas partes.
La Universidad de Huelva y la Intervención General de la Administración del Estado
(IGAE) no adquirirán otras obligaciones ni compromisos que los que este documento
refleja. En particular, no derivará para las partes firmantes, obligación alguna de contrato
laboral al carecer de esa condición la relación que se establece.
En relación con las obligaciones derivadas de la disposición adicional quincuagésima
segunda, del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el
Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, introducida en virtud del artículo
único.34 del Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, de medidas urgentes para la
ampliación de derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el
establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones,
se acuerda que la obligación de alta y cotización en la Seguridad Social corresponde a la
Universidad de Huelva y no a la IGAE.
Séptima. Contingencias.
Los/as estudiantes en prácticas estarán cubiertos, en caso de accidente, enfermedad
o infortunio familiar, por el Seguro Escolar, en los términos y condiciones que establece
la legislación vigente, así como por la póliza de accidentes subscrita por la Universidad.
Los/as estudiantes mayores de 28 años estarán cubiertos por la póliza de accidentes
subscrita por la Universidad, no obstante, deberán formalizar un seguro voluntario para
cubrir la enfermedad o infortunio familiar, cuya cuantía correrá a su cargo, debiendo
aportar una copia del mismo previo al inicio de la práctica.
La responsabilidad civil de daños a terceros que puedan ocasionar los/as estudiantes
en prácticas quedará asegurada por la póliza de seguro que la Universidad de Huelva
deberá tener suscrita a tales efectos.
Octava. Protección de datos de carácter general.
Todos los afectados por el presente convenio vendrán obligados por la disposiciones
y exigencias establecidas por el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y
del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo
que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de datos y por el
que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos), Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales y demás disposiciones vigentes sobre la materia.
Régimen jurídico y jurisdicción.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa y se regirá por lo establecido en
el del capítulo vi del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
La existencia de cualquier tipo de discrepancia entre las partes en relación con la
interpretación o ejecución de lo establecido en el presente convenio, se resolverá por los
órganos del orden jurisdiccional contencioso-administrativo, con arreglo a lo dispuesto en
su legislación reguladora.
Décima. Extinción del convenio.
El convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su
objeto o por incurrir en alguna de las causas de resolución previstas en el artículo 51.2
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

cve: BOE-A-2024-2301
Verificable en https://www.boe.es

Novena.