III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2024-2301)
Resolución de 30 de enero de 2024, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Huelva, para la realización de prácticas académicas externas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 33

Miércoles 7 de febrero de 2024

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y Auditores del Estado, con experiencia profesional y conocimientos necesarios para realizar
una tutela efectiva, y será interlocutor con el estudiante, el tutor académico y la unidad de
prácticas externas. Dicha labor será reconocida por la Universidad de Huelva, según lo
previsto en el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio.
Cuarta.

Tutoría de las prácticas y seguimiento de la ejecución del convenio.

Ambos tutores, académico y de la IGAE, actuarán coordinadamente, en el desempeño
de sus cometidos, a fin de seguir y evaluar el cumplimiento del programa y de sugerir, en
él y en los Planes de Estudios, las adaptaciones y mejoras necesarias, según resulte de la
experiencia.
Asimismo, ambos tutores serán responsables del seguimiento, vigilancia y control de
la ejecución del convenio, así como de resolver los problemas de interpretación y
cumplimiento que puedan plantearse respecto del convenio.
El tutor designado por la IGAE fijará el plan de trabajo del estudiante, le orientará en
sus dudas y dificultades, y evaluará la estancia del mismo, cooperando con el tutor
académico en la redacción del informe final a la Universidad.
Quinta. Condiciones de las prácticas.

a. Cumplir los horarios y seguir las normas fijadas por la Intervención General de la
Administración del Estado (IGAE) donde se realicen las prácticas.
b. Aplicar con toda diligencia las tareas que se le encomienden.
c. Mantener contacto son sus tutores, académico y de la IGAE, en la forma que
estos le indiquen.
d. Mantener el deber de secreto y confidencialidad en materia de medios, procesos
y actuaciones de las que pudieran tener conocimiento por razón de las prácticas
externas realizadas durante su estancia, inclusive una vez finalizadas estas, para lo cual
deberá suscribir el anexo del presente convenio.
En los supuestos de faltas reiteradas de puntualidad, asistencia, incorrecto
comportamiento del alumnado o perturbación del normal funcionamiento del centro
donde se realicen las prácticas externas se podrán suspender de forma inmediata y
cautelar dichas prácticas, poniéndolo en conocimiento de la Universidad, para que
adopte las medidas que considere oportunas.

cve: BOE-A-2024-2301
Verificable en https://www.boe.es

Las prácticas externas se ajustarán en todo caso a la normativa vigente, y en
especial a lo establecido en el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se
regula las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios.
Cada alumno deberá suscribir al inicio de las prácticas el documento que se adjunta
como anexo al presente convenio.
La selección de los estudiantes se hará por mutuo acuerdo de las partes.
La Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) acordará con la
Universidad las funciones que los estudiantes habrán de realizar durante su estancia en
la IGAE que se establecerán y describirán de conformidad con el Proyecto Formativo en
el anexo, y las competencias asignadas a los mismos, competencias que deberán ser
tenidas en cuenta al efectuar la Universidad la elección del estudiante.
El acceso de los alumnos a las instalaciones de la Intervención General de la
Administración del Estado (IGAE) se realizará previa acreditación correspondiente.
Los periodos y horarios de realización de las prácticas se compaginarán con la
organización y funcionamiento de la Intervención General de la Administración del
Estado (IGAE).
Los alumnos tienen derecho a cumplir con su actividad académica, formativa y de
reorientación y participación, concediéndosele los permisos necesarios, previa comunicación
con antelación suficiente.
Los alumnos estarán obligados a: