III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Convenios. (BOE-A-2024-2245)
Resolución de 3 de enero de 2024, de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., por la que se publica el Convenio con la agrupación de entidades formada por la Universidad Complutense de Madrid, la Fundación Hay Derecho, la Universidad de León, la Fundación Salvador Soler (Political Watch) y Fundación Haz, para impulsar la implementación de la carta de derechos digitales en el ámbito de los derechos de participación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 32

Martes 6 de febrero de 2024
2.

Sec. III. Pág. 14537

Obligaciones específicas de Red.es.

Red.es se obliga a:
a) Aportar la financiación prevista en la cláusula cuarta.
b) Celebración de encuentros del Equipo de Trabajo, junto con representantes del
Grupo de Entidades, para planificar el trabajo de cada año de vigencia del convenio
según lo ejecutado en el año anterior.
c) Promover la difusión de las piezas de comunicación elaboradas por el Grupo de
Entidades, a tenor de los compromisos adquiridos por presente convenio.
d) Participar en eventos, foros de debate y congresos elaborados con motivo del
cumplimiento de los objetivos previstos en el convenio.
e) Comunicar los avances, logros y resultados que se vayan alcanzando, a través
de la página web del ONTSI, en redes sociales y otros canales y plataformas que
permitan mostrar de forma abierta y transparente las actividades que se están llevando a
cabo, y conduzcan de forma sencilla a los interesados, a los recursos producidos que
puedan ser consultados y utilizados.
f) Asegurar la unificación de imagen digital y no digital en cuanto a la difusión de las
actuaciones previstas en los convenios derivados de la invitación (C046/22-OT).
g) Elaborar, revisar y aprobar los documentos relacionados con la situación actual
de los Derechos Digitales en cada ámbito.
h) Elaborar, revisar y aprobar las propuestas legislativas y no legislativas que se
realicen en el ámbito específico.
3.

Obligaciones del Grupo de Entidades.

a) Aportar la financiación en especie prevista en la cláusula cuarta, derivada de la
dedicación de su personal propio, así como otras aportaciones en especie.
b) Ejecutar las actuaciones previstas en la cláusula segunda, apartados de 1 a 8,
que responden a la propuesta presentada a la Invitación C046/22-OT por la que fueron
seleccionados.
Las partes se comprometen a realizar cuantas acciones resulten precisas para la
correcta y completa ejecución de las actuaciones previstas en el convenio, así como
para su comunicación.
En caso de incumplimiento de dichas obligaciones y compromisos por parte de
alguno de los firmantes, será de aplicación lo previsto al efecto en la cláusula
decimoquinta del presente convenio.
Financiación.

El importe máximo de la financiación destinada a las actuaciones previstas en la cláusula
segunda del presente convenio es un millón quince mil quinientos euros (1.015.500,00 €).
La aportación máxima de Red.es será del 80 % del importe máximo de la
financiación
llegando
a
un
máximo
de
ochocientos
doce
mil
cuatrocientos euros (812.400,00 €). La aportación de Red.es será cofinanciada en su
totalidad por la Unión Europea –Next Generation EU– dentro las necesidades
relacionadas directamente con las iniciativas de los Fondos de Recuperación y
Resiliencia, estando alineados con la inversión 1, línea de actuación 1 del
componente 19, Plan Nacional de Competencias Digitales (Digital Skills) y para las
que Red.es ha recibido fondos específicos contemplados en la Ley 11/2020, de 30
de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, mediante la
aplicación presupuestaria nominativa a favor de Red.es 27.50.460A.74009: «A
Red.es para el fomento de los Derechos Digitales y del humanismo tecnológico y
cultura digital».

cve: BOE-A-2024-2245
Verificable en https://www.boe.es

Cuarta.