III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Seguros agrarios combinados. (BOE-A-2024-2240)
Orden APA/86/2024, de 28 de enero, por la que se definen los bienes y los rendimientos asegurables, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, el ámbito de aplicación, los periodos de garantía, las fechas de suscripción y los precios unitarios del seguro de explotaciones de cítricos, comprendido en el cuadragésimo quinto Plan de Seguros Agrarios Combinados.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 32

Martes 6 de febrero de 2024

Sec. III. Pág. 14419

Dependiendo del material de los postes que forman parte de la estructura, deben
cumplir:
Los de madera, deben estar tratados y descortezados, sin hendiduras o rajados y sin
pudriciones.
Los postes de hormigón, deberán ser pretensados. No se admitirán aquéllos que
presenten grietas, a fin de evitar la oxidación de la estructura metálica interna de los
mismos.
Los postes metálicos serán galvanizados.
El diseño, los materiales utilizados, y el estado de conservación, deberán garantizar
la adecuada sujeción y estabilidad de la estructura en su conjunto.
El asegurado deberá mantener en buen estado de conservación los distintos
materiales que componen la instalación, realizando los trabajos de manutención
necesarios para evitar el agravamiento del riesgo.
Para que las instalaciones que hayan superado la edad máxima asegurable puedan
ser aseguradas, será necesario aportar una certificación emitida por un técnico
competente y visado por el colegio profesional correspondiente, en el que se indique
que, aun habiendo superado dicha edad, cumple las características mínimas
establecidas en este anexo.
Esta certificación tendrá una validez de dos años.
Si se hubiera incluido en la declaración de seguro alguna instalación que haya
superado la edad asegurable, y no se hubiera remitido la certificación técnica indicada,
AGROSEGURO comunicará al tomador o asegurado por escrito esta circunstancia,
dando un plazo de 15 días para que se reciba en AGROSEGURO dicho certificado. A
partir de este plazo, si no se ha recibido la certificación, AGROSEGURO procederá a
excluir las instalaciones de la declaración de seguro y a devolver la prima íntegra de las
mismas.
2.

De carácter específico:

a)

Estructuras de protección antigranizo:

Altura de cumbrera máxima: 6 m.
La retícula de la malla deberá tener 7 mm de luz máxima.
Deberá disponer al menos de un poste cada 50 m2. No obstante, si son metálicos y
disponen de postes con al menos 75 mm de diámetro en las posiciones de mayor
esfuerzo y/o sobre estos postes disponen de vientos anclados, se admitirá al menos un
poste cada 60 m2, contabilizándose en este caso cada uno de los vientos de anclaje
como un poste.
El anclaje será por tensores o vientos, desde el extremo de los postes perimetrales,
sujetos a cabillas de material metálico corrugado, clavados a una profundidad mínima
de 120 cm, no obstante, si el terreno tuviera una estructura ligera se deberán duplicar los
tensores.
En cualquiera de los casos, deberán estar dimensionados para poder soportar un
mínimo de 2.500 kilogramos de tracción.
Deberán disponer de elementos separadores en los postes perimetrales a fin de
evitar el rajado de malla.
b)

Cortavientos:

Serán asegurables únicamente los cortavientos de materiales plásticos y mixtos de
hasta 10 años de edad, y los cortavientos de obra hasta 20 años de edad, que tengan

cve: BOE-A-2024-2240
Verificable en https://www.boe.es

Serán asegurables únicamente estas instalaciones hasta los 15 años de edad y que
cumplan los requisitos siguientes: