III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Comunidad Autónoma de Extremadura. Convenio. (BOE-A-2024-2181)
Resolución de 2 de enero de 2024, de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, por la que se publica la Adenda n.º 3 modificativa del Convenio con la Comunidad Autónoma de Extremadura, para la construcción de la nueva terminal ferroviaria de mercancías intermodal en el Parque Industrial de Expacionavalmoral.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 31

Lunes 5 de febrero de 2024

Sec. III. Pág. 14179

n.º 1 de 7 de febrero de 2023, y n.º 2 de 31 de agosto de 2023, que se regirá por las
siguientes:
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto.

El objeto es la modificación del convenio mediante la presente Adenda modificativa
n.º 3 del Convenio de fecha 9 de junio de 2021, modificado el 7 de febrero de 2023, y
el 31 de agosto de 2023, suscrito entre la Comunidad Autónoma de Extremadura y ADIF,
para la construcción de la nueva terminal ferroviaria de mercancías intermodal en el
Parque Industrial de Expacionavalmoral.
Segunda. Modificación.
I. Es objeto de modificación la cláusula tercera del Convenio «Financiación de las
actuaciones», del convenio de fecha 9 de junio de 2021 modificado mediante Adenda n.º
1 de 7 de febrero de 2023 y mediante Adenda n.º 2 de 31 de agosto de 2023.
Esta cláusula queda redactada de la siguiente forma:
«Tercera. Financiación de las actuaciones.
La valoración estimada de la totalidad de trabajos se estima en la cantidad
total de 13.866.123,74 euros sin IVA (16.757.009,73 euros IVA incluido, que
devengara en cada momento respecto a cada una de las actuaciones), e incluye
todo lo descrito en la Cláusula Segunda «OBLIGACIONES DE LAS PARTES»,
conforme al siguiente desglose y esquema de financiación (supuesto aplicable un
tipo impositivo del 21 %, cuando proceda):
Expacionavalmoral:
Base imponible

Euros

Concepto

Asistencias Técnicas.

700.000,00

Expropiaciones (1).

100.000,00

Instalaciones de Seguridad y
Señalización IISS (2).
Ejecución de obra (3).
Total.

IVA

Euros

Total con IVA

Euros

147.000,00

847.000,00

0

100.000,00

1.446.280,99

303.719,01

1.750.000,00

11.619.842,75

2.440.166,98

14.060.009,73

13.866.123,74

2.890.885,99

16.757.009,73

Estas cantidades serán satisfechas por la Comunidad Autónoma de
Extremadura, con cargo a la partida presupuestaria 16005000 G/353C/60100,
fuente
de
financiación
FD14070201
y
FD213A3201,
proyecto
presupuestario 20200261, y con las siguientes anualidades.
Total

Euros

2021

Euros

2022

Euros

2023

Euros

2024

Euros

2025

Euros

Con IVA. 16.757.009,73 0,00 536.019,60 13.268.561,86 1.500.000,00 1.452.428,27

El presente convenio no supone compromiso de gasto para ADIF.»

cve: BOE-A-2024-2181
Verificable en https://www.boe.es

(1) Se considera que las expropiaciones están excluidas de IVA por ser indemnizaciones.
(2) Se considera aplicable la Ley 3/2020, y se aplica un 9 % de Gastos Generales y un 21 % de IVA.
(3) Se considera aplicable la Ley 9/2017 y por tanto un 13 % de Gastos Generales.