III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Convenios. (BOE-A-2024-2087)
Resolución de 29 de enero de 2024, del Museo Nacional del Prado, por la que se publica el Convenio con El Corte Inglés, SA, para el apoyo del proyecto actividades para familias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 30

Sábado 3 de febrero de 2024

Sec. III. Pág. 13975

Y en prueba de conformidad las partes firman el presente convenio por duplicado
ejemplar, uno para cada parte, en la ciudad y fecha indicadas en el encabezamiento.–
Por el Museo Nacional del Prado, el Director, Miguel Falomir Faus.–Por El Corte
Inglés, SA, el Director de Comunicación y Relaciones Institucionales, José Luis
González-Besada Valdés.
El presente convenio normalizado ha sido informado por la Abogacía del Estado con
fecha 14 de diciembre de 2021 y ha sido autorizado por la SGT del Ministerio de
Hacienda de acuerdo con los preceptos de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, con fecha 17 de diciembre de 2021.
ANEXO
Relación de beneficios a la colaboración en el Museo Nacional del Prado
por cada año de vigencia de un Convenio Colaborador del Museo Nacional
del Prado
El Corte Inglés, SA, se compromete a realizar la aportación anual de 75.000 euros
(setenta y cinco mil euros) durante dos años, al objeto de disponer de los siguientes
beneficios en las actividades e instalaciones del MNP:
Visibilidad.
– Participación en los actos de presentación que se celebren en torno a la actividad
objeto de la colaboración, junto a los representantes del museo, de acuerdo a sus
características y protocolo exigido.
– Asistencia en otros actos institucionales del museo, de acuerdo a sus
características y el protocolo exigido.
– Inclusión del nombre o logotipo del colaborador en cualquier soporte empleado
para la comunicación, promoción, difusión y publicidad relacionada con la actividad
objeto de la colaboración:
● Convocatorias de prensa, notas de prensa, así como entrevistas, artículos, etc., en
los que se pida su colaboración.
● Materiales de difusión y publicidad.
● Web del museo, con enlace a la página web del colaborador.
● Publicación (si hubiera), situado en el interior de la misma.
● Memoria anual de actividades del museo.
– Uso de la denominación Colaborador del Museo del Prado, previa aprobación del
museo:
● En la comunicación corporativa del colaborador, de mutuo acuerdo con el museo.
Ello podrá llevar aparejada la cesión de una o varias imágenes del museo.

– Una visita exclusiva, en horario de cierre al público del museo, a la colección
permanente o a las exposiciones temporales que se organicen en el museo, para un
máximo de 50 invitados cada una de ellas, a petición del colaborador.
– 20 pases de Colaborador, nominativos y reutilizables, que dan acceso preferente y
gratuito al museo, al poseedor del mismo y a un acompañante, tanto a la colección
permanente como a las exposiciones temporales, en horario de apertura al público.
– 50 pases de invitado, que dan acceso preferente y gratuito al museo, una sola vez,
al poseedor del mismo y a un acompañante, tanto a la colección permanente como a las
exposiciones temporales en horario de apertura al público.
– 5 invitaciones dobles a las inauguraciones que organice el museo.

cve: BOE-A-2024-2087
Verificable en https://www.boe.es

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