I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA. Presupuestos. (BOE-A-2024-2045)
Ley 4/2023, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2024.
124 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 30

Sábado 3 de febrero de 2024

Sec. I. Pág. 13794

c) Postes, cajas o aparatos que se coloquen junto a las carreteras regionales
o instalaciones aéreas sobre las mismas, destinados al tendido aéreo de
conducción de energía eléctrica u otros servicios de agua, gas u otro fluido:
1. Por superficie de 1 metro cuadrado o menor: 31,65 euros.
2. Por mayor superficie, la parte proporcional de cada nuevo metro o
fracción.
3. Por metro lineal de cable tendido: 1,10 euros.
d) Sondeo para captación de aguas con destino no agrícola, el 2 % de su
presupuesto.
e) Extracción de arenas y demás materiales de construcción en terrenos
compatibles con la legislación de carreteras, por metro cúbico o fracción: 0,41
euros.
3. Permisos para ocupación de zonas de dominio público de vías regionales
o sus zonas de urbanización.
a) Depósitos y aparatos distribuidores de combustibles y, en general, de
cualquier artículo en terrenos que formen parte del área de servicio de las
carreteras o caminos regionales:
Por la concesión del permiso o instalación de los depósitos o aparatos:
1.
2.

Fijos: 437,96 euros.
Provisionales: 87,99 euros.

b) Instalación de carteles informativos o señales (por metro cuadrado): 53,13
euros.
c) Reserva especial para estacionamiento de vehículos y carga y descarga
de mercancías de cualquier clase, con excepción de las que efectúen los titulares
de concesiones de servicios de transportes colectivos interurbanos, siempre que
estén directamente relacionados con dichos servicios:
Por cada trimestre o fracción: 43,83 euros.
d) Instalación de puestos, barracas y casetas de venta, espectáculo o recreo
en terrenos de uso público regional, por cada permiso: 22,55 euros.
e) Instalaciones de transformadores en casetas o cámaras subterráneas
ocupando terrenos de uso público regional, así como básculas y otros aparatos de
medir o pesar, si forman parte del área de servicio:
Por cada permiso y/o transformador: 43,83 euros.»

«Artículo 1.

Hecho imponible.

Constituye el hecho imponible la realización de actuaciones administrativas
encaminadas a la concesión de la autorización de nueva apertura, designación de
local, traslado y transmisión de oficinas de farmacia y demás expedientes
incoados en aplicación del Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio, por el
que se aprueba el texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los
medicamentos y productos sanitarios y la Ley 3/1997, de 28 de mayo, de

cve: BOE-A-2024-2045
Verificable en https://www.boe.es

Cinco. En el anexo segundo «Texto de las tasas», en el grupo 8 «Tasas en materia
de sanidad», se modifica el artículo 1 de la tasa T811 «Tasa relativa a instalación,
traslado, transmisión de oficinas de farmacia y otros expedientes relativos a oficinas de
farmacia, botiquines, depósitos de medicamentos, servicios farmacéuticos, almacenes
de distribución y laboratorios y centros de control y/o desarrollo de medicamentos», con
la siguiente redacción: