III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2024-2021)
Resolución de 24 de enero de 2024, de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, por la que se incoa expediente de declaración de bien de interés cultural, en la categoría de Monumento, del viaducto de la antigua línea de Ferrocarril Linares-Almería sobre el río Guadahortuna, también conocido como "Puente del Hacho", en los municipios de Alamedilla y Guadahortuna (Granada).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 29

Viernes 2 de febrero de 2024

Sec. III. Pág. 13620

Universidad de Granada, para la incoación como Bien de Interés Cultural (BIC), en la
categoría de Monumento, viaducto de la antigua línea de Ferrocarril Linares-Almería
sobre el río Guadahortuna, también conocido como Puente del Hacho.
El informe de la Universidad de Granada señala la idoneidad de declarar bien de
interés cultural al viaducto de la antigua línea de Ferrocarril Linares-Almería sobre el río
Guadahortuna atendiendo a las siguientes consideraciones:
El viaducto es una realización de gran singularidad, altamente representativo del
periodo histórico en el que fue construido, exponente de la tecnología de la época, que
ha formado un paisaje característico y tiene la suficiente entidad como para ser valorado
como obra arquitectónica de naturaleza artística.
Por todo lo cual, se considera que está completamente justificado su reconocimiento
como Bien de Interés Cultural, de acuerdo con la normativa vigente y a efectos de que se
garantice la adecuada preservación de él mismo y su entorno.
Fundamentos de Derecho
Primero.
Visto el informe y los antecedentes reunidos en el expediente, queda de manifiesto
que el viaducto de la antigua línea de Ferrocarril Linares-Almería sobre el río
Guadahortuna constituye un bien integrante del Patrimonio Histórico Español, de interés
histórico y técnico (artículo 1.2 de la Ley 16/1985, de 25 de junio), valores culturales
suficientes para su declaración como Bien de Interés Cultural.
Segundo.
En virtud del artículo 6.º b) de la vigente Ley 16/1985, de 25 de junio, los organismos
de la Administración del Estado serán los competentes respecto de los bienes
integrantes del Patrimonio Histórico Español adscritos a servicios públicos gestionados
por la Administración del Estado o que formen parte del Patrimonio Nacional.
Tercero.
El viaducto de la antigua línea de Ferrocarril Linares-Almería sobre el río
Guadahortuna, también conocido como Puente del Hacho es bien de dominio público
afectado a servicios. Se encuentra adscrito al Ministerio de Cultura. Al tratarse este
inmueble de un bien adscrito a un servicio público de titularidad y gestión de la
Administración General del Estado las competencias para la ejecución de la Ley de
Patrimonio Histórico Español corresponden a la Dirección General de Patrimonio Cultural
y Bellas Artes del Ministerio de Cultura, sin perjuicio de las competencias que en materia
de Patrimonio Histórico tenga la Comunidad de Andalucía.

En virtud del Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por el que se
reestructuran los departamentos ministeriales; del Real Decreto 1009/2023, de 5 de
diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos
ministeriales, y del Real Decreto 509/2020, de 5 de mayo, por el que se desarrolla la
estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura y Deporte, corresponde al Ministerio
de Cultura la competencia en materia de patrimonio histórico español y el órgano
competente para conocer del presente asunto es esta Dirección General.

cve: BOE-A-2024-2021
Verificable en https://www.boe.es

Cuarto.