III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2024-2024)
Resolución de 23 de enero de 2024, de la Presidencia de la Agencia Estatal del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con Genesis Tech Transfer Boost, SL, en el marco del Programa de Emprendimiento para Investigadores de la Salud "Nabiza Pharmaceutics".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 29

Viernes 2 de febrero de 2024

Sec. III. Pág. 13653

ejecución del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación, incluidas las
administraciones públicas, las universidades públicas, los organismos públicos de
investigación de la Administración General del Estado, los consorcios y fundaciones
participadas por las administraciones públicas, los organismos de investigación de otras
administraciones públicas y los centros e instituciones del Sistema Nacional de Salud,
puedan suscribir convenios administrativos entre ellos o con agentes privados que
realicen actividades de investigación científica y técnica, nacionales, supranacionales o
extranjeros, para la realización conjunta de, entre otras actividades: financiación de
proyectos científico-técnicos singulares.
II. Que Genesis Tech Transfer Boost, SL, es una consultora de estrategia y
operaciones especializada en proyectos early-stage de I+D+i en emprendimiento en el
sector biomédico, que cuenta con un equipo multidisciplinar con una amplia experiencia,
proporciona servicios para transformar la investigación en innovación y conocimiento y
gestiona los proyectos empresariales basados en tecnología de sus clientes,
transfiriéndolos al mercado y mejorando así la salud de las personas.
III. Que el CSIC es un Organismo Público de Investigación, adscrito al Ministerio de
Ciencia, Innovación y Universidades. Su objetivo fundamental es desarrollar y promover
investigaciones en beneficio del progreso científico y tecnológico, para lo cual está
abierta a la colaboración con entidades españolas y extranjeras. Según su Estatuto
(artículo 4), tiene como misión el fomento, la coordinación, el desarrollo y la difusión de la
investigación científica y tecnológica, de carácter pluridisciplinar, con el fin de contribuir al
avance del conocimiento y al desarrollo económico, social y cultural, así como a la
formación de personal y al asesoramiento a entidades públicas y privadas en estas
materias.
El CSIC está constituido como agencia estatal y, en dicha condición, se rige por lo
establecido en los artículos 108 bis a 108 sexies (introducidos por la Ley de
Presupuestos Generales del Estado para 2021) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP), así como por las disposiciones de su
Estatuto, aprobado por Real Decreto 1730/2007, de 21 de diciembre.
IV. Que GENESIS ha conocido el proyecto de spin off biotecnológica «Nabiza
Pharmaceutics» (en adelante, «Proyecto») dirigido por parte del Dr. J.M.Z.H. con ocasión
del Programa de Emprendimiento para Investigadores de la Salud, promovido por la
entidad UAM Emprende, durante el primer semestre de 2023. GENESIS desea
patrocinar dicho Proyecto con un importe de tres mil euros (3.000 €) para que se puedan
llevar a cabo las correspondientes pruebas de concepto de manera que el Proyecto siga
valorizándose.
V. Que el CSIC es una entidad beneficiaria de mecenazgo en virtud del artículo 16
de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines
lucrativos y de incentivos fiscales al mecenazgo.
Así pues, las partes reconocen por este instrumento su capacidad recíproca para
actuar y para suscribir acuerdos, y deciden libremente celebrar el presente convenio (en
adelante, el «Convenio»), que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Objeto del convenio y pago de la ayuda.

El objeto de este convenio es establecer el marco de colaboración entre GENESIS y
la Institución en relación con el Proyecto, a través de la aportación concedida por la
primera por un importe de 3.000,00 euros (en adelante, la «ayuda» o «aportación»), que
la Institución asignará íntegramente al Proyecto. La aportación no podrá exceder en
ningún caso del presupuesto del Proyecto.
La aportación se hará efectiva en un único plazo una vez surta efectos el presente
convenio. El importe de la aportación incluirá, en su caso, los impuestos aplicables. El

cve: BOE-A-2024-2024
Verificable en https://www.boe.es

Primera.