III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Inversiones exteriores. (BOE-A-2024-1977)
Resolución de 31 de enero de 2024, de la Dirección General de Comercio Internacional e Inversiones, por la que se aprueban los modelos destinados a la tramitación y declaración de las inversiones extranjeras en España y de las inversiones españolas en el exterior.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 28

Jueves 1 de febrero de 2024

Sec. III. Pág. 13378

06. Reestructuración del grupo en España.
07. Reestructuración del grupo en el extranjero.
08. Sanear el balance de la empresa extranjera.
20. Otras: sólo se utilizará este código para razones de desinversión de la inversión
que no estén comprendidas en los códigos anteriores entre ellas, se incluirán los
traslados de residencia. El inversor está obligado a detallar la operación de desinversión
en la hoja adicional.
Casillero 16.

Operación.

Clase de operación: Se consignará la clase o tipo de la operación mediante uno de
los códigos siguientes:
01. Disolución de sociedades o de sucursales u otras formas de inversión.
02. Reducción de capital de sociedades o de dotación asignada a sucursales.
03. Venta o transmisión de acciones o participaciones a no residentes a título
oneroso.
04. Venta o transmisión a no residentes de derechos de suscripción u otros
análogos que por su naturaleza den derecho a participación en el capital.
05. Venta de otros derechos políticos a no residentes.
06. Conversión de obligaciones en acciones, amortización o venta de obligaciones
convertibles.
07. Transmisión lucrativa (donación inter vivos o transmisión mortis causa) a favor
de no residentes.
08. Devolución de fondos a los socios.
11. Transmisiones entre residentes.
12. Fusión o absorción.
13. Cambio de residencia o traslado de domicilio social.
20. Otras: este código sólo se utilizará para operaciones de liquidación de inversión
que no estén comprendidas en los códigos anteriores. El inversor estará obligado a
detallar la desinversión en el modelo «Hoja adicional».
30. Amortización de un instrumento de crédito.
40. Desinversión en acciones o participaciones en instituciones de inversión
colectiva.
Importe efectivo: Se indicará el contravalor en euros del importe de la desinversión
que se declara en la casilla «Clase», correspondiente al inversor. Para el código 07 se
consignará como valor el que procedería declarar en el Impuesto sobre Sucesiones y
Donaciones. Para el código 13 se consignará el valor de aplicar, al patrimonio neto de la
empresa, el porcentaje de participación del inversor.
Fecha de realización: Se cumplimentará la fecha de la realización de la operación, en
el formato día/mes/año, que figure en el documento acreditativo de la operación.
Casillero 17.

En caso de amortización de un instrumento de financiación.

Casillero 18.

Medios de pago.

Código: La naturaleza de los medios de pago se indicará mediante los códigos
siguientes:
01. Aportación dineraria.
11. Acciones y participaciones o activos y pasivos de la empresa española
declarante.

cve: BOE-A-2024-1977
Verificable en https://www.boe.es

En el caso de que la operación consista en la amortización de cualquier tipo de
financiación de empresa extranjera, consigne el saldo vivo que queda después de la
amortización y el plazo de amortización de dicho saldo en meses.