III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Inversiones exteriores. (BOE-A-2024-1977)
Resolución de 31 de enero de 2024, de la Dirección General de Comercio Internacional e Inversiones, por la que se aprueban los modelos destinados a la tramitación y declaración de las inversiones extranjeras en España y de las inversiones españolas en el exterior.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 28

Jueves 1 de febrero de 2024

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Si las empresas participadas operasen en sectores diferentes, se consignará el
CNAE del sector en el que desarrolle su actividad aquella/s sociedad/es participada/s
con el importe mayor de patrimonio neto.
Si las empresas participadas fueran holding, se consignará el código CNAE de la
empresa con actividad productiva en la que ellas inviertan. En ningún caso, se
consignará en este apartado el código CNAE correspondiente a holding.
– Cotización en Bolsa de valores.
Se marcará con un aspa (X) si la empresa objeto de la desinversión cotiza o no en
mercado organizado o Bolsa de valores.
– Régimen fiscal de entidades de tenencia de valores extranjeros.
Se marcará con un aspa (X) si la empresa objeto de la desinversión está acogida o
no al régimen fiscal de las entidades de tenencia de valores extranjeros regulado en el
capítulo XIII del título VII de la Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades (LIS).
Casillero 2.

Forma jurídica y participación en otras sociedades españolas.

Forma jurídica: Se indicará la naturaleza de la empresa española objeto de la
desinversión extranjera:
01. Sociedad anónima, limitada u otras sociedades mercantiles no incluidas en los
apartados siguientes.
02. Sucursal.
11. Cuentas en participación.
12. Fundación.
13. Agrupación de interés económico.
14. Cooperativa.
15. Comunidad de bienes.
16. Unión Temporal de Empresas.
30. Sociedad gestora de instituciones de inversión colectiva: para los casos de
inversión en instituciones de inversión colectiva y entidades de inversión colectiva de
carácter cerrado que carecen de NIF.
Número de empresas participadas: Si la empresa receptora de la inversión en la que
se desinvierte tiene participación igual o superior al 10 % en otras empresas españolas,
se hará constar, en esta casilla, el número de éstas.
Datos económicos.

3.1 Capital social/dotación: Si se trata de sociedades, se indicará el capital social
de la empresa española, esté totalmente desembolsado o no, antes y después de la
inversión. Si se trata de sucursales, se indicará la dotación asignada, antes y después de
la inversión.
Si se trata de una institución de inversión colectiva y entidades de inversión colectiva
de carácter cerrado (IIC) cuya sociedad gestora sea no residente en España, se
indicarán los fondos aportados antes y después de la inversión.
Si se trata de alguna de las denominadas «otras formas de inversión», es decir,
consistentes en cuentas en participación, fundaciones, agrupaciones de interés
económico, cooperativas, comunidades de bienes o uniones temporales de empresas.,
se indicará el total de fondos aportados antes y después de la inversión.
3.2 Patrimonio neto: Si se trata de sociedades o sucursales, se indicará la cifra de
su patrimonio neto. El patrimonio neto contable incluye con signo positivo: el capital
escriturado, la prima de emisión, las reservas, el remanente de ejercicios anteriores, las
aportaciones de socios así como las aportaciones para compensar pérdidas, el beneficio
del ejercicio, otros instrumentos del patrimonio neto y las subvenciones, donaciones y

cve: BOE-A-2024-1977
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Casillero 3.