III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Inversiones exteriores. (BOE-A-2024-1977)
Resolución de 31 de enero de 2024, de la Dirección General de Comercio Internacional e Inversiones, por la que se aprueban los modelos destinados a la tramitación y declaración de las inversiones extranjeras en España y de las inversiones españolas en el exterior.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 28

Jueves 1 de febrero de 2024
Casillero 3.

Sec. III. Pág. 13397

Porcentaje de participación extranjera.

Se indicará, con dos decimales, el porcentaje de participación extranjera total en la
empresa española inversora en el momento de realizar la declaración. Si ésta cotizase
en Bolsa de valores, se indicará la participación extranjera conocida, que, como mínimo,
debe comprender la resultante de adquisiciones de acciones comunicadas a la sociedad
emisora y a la CNMV con arreglo al artículo 53 de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del
Mercado de Valores.
Casillero 4.

Datos económicos.

Estos casilleros solo se cumplimentarán si el inversor español es una persona
jurídica. Los importes se expresarán en la moneda en la que se presenta la información
contable obligatoria.
4.1

Capital suscrito.

Se indicará la cifra de capital suscrito en el caso de las sociedades o la dotación
asignada en el caso de sucursales.
4.2

Patrimonio Neto.

Se indicará la cifra de patrimonio neto de la empresa inversora a fecha de cierre del
ejercicio social que se declara. El patrimonio neto contable incluye con signo positivo: el
capital escriturado, la prima de emisión, las reservas, el remanente de ejercicios
anteriores, las aportaciones de socios así como las aportaciones para compensar
pérdidas, el beneficio del ejercicio, otros instrumentos del patrimonio neto y las
subvenciones, donaciones y legados; y con signo negativo: los dividendos pasivos, las
acciones y participaciones propias, los resultados negativos de ejercicios anteriores, las
pérdidas del ejercicio y los dividendos a cuenta entregados. También forman parte del
patrimonio neto, con signo negativo o positivo según el caso, los ajustes por cambios de
valor.
Casillero 5.
5.1

Titulares.

Principales titulares.

En el caso de que el inversor sea una sociedad, se indicarán los apellidos y nombre
o razón social de sus principales titulares, NIF o NIE, en su caso, LEI, los porcentajes de
participación en el inversor de cada uno de los titulares con dos decimales y el país de
residencia de cada uno de ellos.
LEI: Se indicará el Identificador de Entidad Jurídica (LEI) de cada titular, si dispusiera
de él.

Se indicará con un aspa (X) si la empresa extranjera a que se refiere el apartado II,
participa a su vez en la empresa española inversora (apartado I) en un porcentaje inferior
al 10 %. En caso afirmativo se indicará dicho porcentaje de participación con dos
decimales.
III. Diligencias
Casillero 15.

Declaración.

Se cumplimentará con los datos del inversor declarante o su representante, lugar y
fecha.

cve: BOE-A-2024-1977
Verificable en https://www.boe.es

5.2 ¿Participa a su vez la empresa del apartado II en el inversor del apartado I en
un porcentaje inferior al 10 %?