II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia. (BOE-A-2024-1882)
Orden PJC/64/2024, de 25 de enero, por la que se convocan procesos selectivos para ingreso, por el sistema general de acceso libre, mediante oposición, a los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 28

Jueves 1 de febrero de 2024

Sec. II.B. Pág. 12815

En el ámbito de la Comunidad Autónoma Valenciana:
– Certificado de grado elemental o de nivel B1: 6 puntos.
– Certificado de grado medio o de nivel C1: 12 puntos.
– Certificado de grado superior o de nivel C2: 18 puntos.
La acreditación documental del conocimiento del valenciano se efectuará mediante la
aportación de correspondiente certificado expedido u homologado por la Junta
Qualificadora de Coneixements del Valencià.
En el ámbito de Cataluña. De conformidad con el Decreto 3/2014, de 7 de enero, por
el que se modifica el Decreto 152/2001, de 29 de mayo, sobre evaluación y certificación
de conocimientos de catalán (DOGC núm. 6536, de 9 de enero de 2014) y el
Decreto 180/2014, de 30 de diciembre, sobre el certificado de conocimientos de lenguaje
jurídico (nivel J) (DOGC núm. 6780, de 31 de diciembre de 2014), el conocimiento oral y
escrito del catalán y el conocimiento del lenguaje jurídico (nivel J) debidamente
acreditados por medio de certificación de la Dirección General de Política Lingüística, y
por el Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada o equivalente, supone el
reconocimiento solo a estos efectos de hasta 12 puntos según el nivel de conocimientos
acreditados en los términos siguientes:
– Certificado de nivel B2 (hasta enero de 2014, nivel B) o títulos homologados: 6
puntos.
– Certificado de nivel C1 (hasta enero de 2014, nivel C) o títulos homologados: 12
puntos.
– Certificado de nivel C2 (hasta a enero de 2014, nivel D) o títulos homologados: 18
puntos.
– Certificado de conocimiento de lenguaje jurídico nivel J: 18 puntos.
En el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia:
– Certificado Celga 4 o similar: 6 puntos.
– Curso de Lenguaje Jurídico Medio: 12 puntos.
– Curso de Lenguaje Jurídico Superior: 18 puntos.
La acreditación del conocimiento de idioma se efectuará mediante la aportación de
los certificados de la Secretaría General de Política Lingüística o los equivalentes según
la: Orden de 16 de julio de 2007, de la Conselleria de Presidencia, Administraciones
Públicas y Xustiza, (DOG de 30 de julio de 2007) modificada por la Orden de 10 de
febrero de 2014 por la que se modifica la Orden de 16 de julio de 2007, por la que se
regulan los certificados oficiales acreditativos de los niveles de conocimiento de la lengua
gallega (Celga), (DOG de 19 de febrero de 2014) y Orden de 1 de abril de 2005 (DOG
de 14 de abril de 2005).
Evaluación de los conocimientos del Derecho Civil Vasco.

Para las personas aspirantes que concurran por el ámbito territorial de la Comunidad
Autónoma del País Vasco, que así lo hubieran hecho constar en su solicitud, se
procederá, en los mismos términos y con los mismos efectos que se han detallado en el
apartado anterior, a la evaluación de sus conocimientos del Derecho Civil Vasco,
otorgándose por este concepto seis puntos, que se reflejarán en todo caso separados de
los obtenidos en los ejercicios obligatorios y sólo surtirán efectos para establecer el
orden de prelación dentro del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma del País
Vasco.
Para la realización y corrección de este ejercicio, el Tribunal Delegado podrá nombrar
un asesor especialista.

cve: BOE-A-2024-1882
Verificable en https://www.boe.es

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