II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Militares de tropa y marinería. (BOE-A-2024-1797)
Resolución 452/38013/2024, de 26 de enero, de la Subsecretaría, por la que se aprueba el proceso de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación para incorporarse a las escalas de tropa y marinería.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 31 de enero de 2024

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no la haya motivado la renuncia voluntaria expresa, causa que producirá la resolución
del compromiso y la baja en las Fuerzas Armadas.
10.8 Para la especialidad fundamental Operaciones y Sistemas del Cuerpo General
de la Armada, quienes no obtengan la habilitación personal de seguridad requerida para
su especialidad, causarán baja. No obstante lo anterior, podrán solicitar continuar en el
periodo de formación militar general en otra especialidad fundamental que no requiera
habilitación de seguridad, si existe alguna plaza disponible de las ofertadas. En caso de
estar cursando el periodo de formación militar específica, podrán solicitar la realización
de un nuevo periodo en las especialidades fundamentales que se pudieran ofertar y que
no requieran habilitación de seguridad.
10.9 Los alumnos y alumnas del Ejército del Aire y del Espacio que, para ocupar un
determinado puesto, deban superar un reconocimiento médico específico, de acuerdo con la
Orden Ministerial 23/2011, de 27 de abril, lo realizarán durante el periodo de Formación Militar
General. En el caso de no superarlo se le ofrecerá una nueva plaza, en la misma o diferente
especialidad fundamental y en el mismo o diferente destino al asignado inicialmente.
10.10 Los alumnos y alumnas de la especialidad fundamental Auxiliar de Mando y
Control del Ejército del Aire y del Espacio, que no obtengan la habilitación de seguridad
requerida para su puesto de trabajo, causarán baja en la Unidad. No obstante, podrán
solicitar la realización de un nuevo periodo de formación militar específica en las
especialidades que se les oferten y que no requieran dichas habilitaciones.
10.11 Los alumnos y alumnas cuyo destino sea el Mando Conjunto de
Ciberespacio, deberán superar el curso Básico de especialización en Ciberoperaciones
para MTM. En el caso de no superarlo se le ofertará una nueva plaza, de la misma
especialidad fundamental, en un destino diferente al asignado inicialmente.
10.12 Los alumnos y alumnas que no superen la fase de formación militar
específica y de especialidad fundamental, por no superar el módulo o módulos
correspondientes a su especialidad fundamental y que, en aplicación del artículo 14 de la
Ley 8/2006, de 24 de abril, opte por otra especialidad fundamental, por parte de los
Ejércitos y la Armada, se le ofertará nueva plaza de distinta especialidad fundamental
que por razones de planeamiento fuese más pertinente, la cual podrá ser en otra unidad,
centro u organismo diferente a la que optó inicialmente.
11.

Compromiso

Con la antigüedad señalada en el apéndice 1, la condición de militar de tropa y
marinería se adquiere al incorporarse a la escala de tropa o de marinería una vez
superada la fase de formación militar general y tras la firma del compromiso que
corresponda de los regulados en la Ley 8/2006, de 24 de abril. Los alumnos y alumnas
obtendrán el empleo de Soldado o Marinero concedido por el Jefe de Estado Mayor del
Ejército de Tierra, de la Armada o del Ejército del Aire y del Espacio.
En su caso, la duración del compromiso inicial para cada una de las plazas se
ajustará a lo establecido en la correspondiente oferta de plazas. En el supuesto de que
en alguna de las plazas se dé opción a más de un tipo de compromiso inicial, se deberá
hacer constar la opción elegida en el documento oficial de firma de compromiso inicial.
12.

Igualdad de género

De acuerdo con el artículo 6.1 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, la igualdad de
trato y de oportunidades es un principio que en las Fuerzas Armadas se aplicará de
conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad
efectiva de mujeres y hombres, y que estará especialmente presente en lo relacionado
con el acceso, la formación y la trayectoria militar. A estos efectos, la Comisión
Permanente de Selección velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de
oportunidades entre las personas aspirantes de ambos sexos que participen en la
convocatoria.

cve: BOE-A-2024-1797
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 27