II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Militares de tropa y marinería. (BOE-A-2024-1797)
Resolución 452/38013/2024, de 26 de enero, de la Subsecretaría, por la que se aprueba el proceso de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación para incorporarse a las escalas de tropa y marinería.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 27

Miércoles 31 de enero de 2024
9.

Sec. II.B. Pág. 12233

Asignación de plazas en cada ciclo

9.1 Superado el reconocimiento médico y las pruebas de aptitud física, la Comisión
Permanente de Selección, procederá a la asignación definitiva de las plazas en función
del orden establecido en la selección previa de las personas candidatas que se
establece en la base 8.5. En caso de igualdad en la puntuación final, la asignación de
plazas se resolverá según el orden de prelación indicado en la citada base 8.5,
acudiendo, si resultara necesario, al sorteo.
9.2 Los Secretarios Generales/Gestores de las Áreas de Reclutamiento/Jefes de
Órgano de Apoyo de las Delegaciones o Subdelegaciones de Defensa comunicarán a
las personas aspirantes admitidas como alumnos la plaza asignada, la puntuación
obtenida, el centro de formación donde realizarán la fase de formación militar general,
así como el día y la hora en que deberán efectuar su presentación.
Con anterioridad al inicio de la fase de formación militar general, los Gestores de las
Áreas de Reclutamiento en las que las personas aspirantes realizaron la fase segunda
remitirán al centro de formación que corresponda, a través de las Subdelegaciones de
Defensa, el expediente personal de las personas aspirantes admitidas como alumnos,
así como el Historial Militar de los que hubieran ostentado con anterioridad la condición
de militar profesional, en caso de no haberlos remitido con anterioridad a los archivos
intermedios del Ejército de Tierra, de la Armada o del Ejército del Aire y del Espacio. No
obstante lo anterior, los centros de formación lo podrán solicitar de las unidades, centros
u organismos en que hubieran estado destinados o de los archivos intermedios donde
estén custodiados.
9.3 La Comisión Permanente de Selección conformará la relación de aspirantes
admitidos como alumnos, con indicación de la puntuación obtenida, a fin de que por vía
electrónica sea recibida por el Mando de Adiestramiento y Doctrina del Ejército de Tierra,
la Jefatura de Personal de la Armada y el Mando de Personal del Ejército del Aire y del
Espacio, así como por las Subdelegaciones de Defensa para su exposición pública.
9.4 Por otra parte, la Comisión Permanente de Selección confeccionará, con las
personas aspirantes que hubieran superado el proceso de selección en su totalidad
y no les haya sido asignada plaza, la «Relación Complementaria de Aspirantes
Aptos No Clasificados», ordenada de mayor a menor nota para cada código de
vacante ofertada. Esta relación complementaria de aspirantes se hará pública en las
Subdelegaciones de Defensa y en la página web del Ministerio de Defensa https://
reclutamiento.defensa.gob.es.
9.5 Podrán ser cubiertas por las personas aspirantes que, habiendo superado la
totalidad de las pruebas selectivas, no hubieran obtenido plaza:

A tal efecto y por celeridad administrativa, la Comisión Permanente de Selección
realizará a las personas opositoras afectadas la oferta de la plaza objeto de reposición
por correo electrónico, al que deberá responder en un plazo de tiempo inferior
a veinticuatro horas, para lo que deberá obrar en la aplicación informática que soporta el
proceso de selección (SELCON) la dirección electrónica actualizada de las personas
opositoras que participan en el proceso de selección.
Las Direcciones de Enseñanza del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del
Aire y del Espacio comunicarán, mediante el Sistema de Mensajería Oficial y Gestión
Documental de Defensa, al Presidente de la Comisión Permanente de Selección, el día

cve: BOE-A-2024-1797
Verificable en https://www.boe.es

9.5.a) Las renuncias a las plazas asignadas con anterioridad a la fecha de
incorporación al centro de formación recogida en el apéndice 1.
9.5.b) Las plazas de las personas aspirantes que no efectúen su presentación en
los centros de formación, a excepción de lo dispuesto en la base 10.3.
9.5.c) Las plazas derivadas de las bajas que se produzcan dentro de los catorce
días posteriores a la fecha de incorporación al centro de formación recogida en el
apéndice 1, duración que conforma el periodo de orientación y adaptación a la vida
militar.