III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Pesca marítima. (BOE-A-2024-1855)
Resolución de 26 de enero de 2024, de la Secretaría General de Pesca, por la que se establecen disposiciones de ordenación de la pesquería de caballa de las zonas 8a, 8b, 8d y 8e, stocks MAC/2CX14- y MAC/*8ABD, para los buques de los censos de las flotas de altura, gran altura y buques palangreros mayores y menores de 100 toneladas de registro bruto, que operan dentro de los límites geográficos de la Comisión de Pesca del Atlántico Nordeste.
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Núm. 27

Miércoles 31 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 12692

Tercero.
El reparto de posibilidades de pesca previsto en esta resolución es de aplicación
para toda la campaña 2024.
Los topes de captura establecidos en esta resolución serán de aplicación desde la
fecha de su publicación hasta la entrada en vigor de la resolución de 2025.
Cuarto.
Esta resolución no pone fin a la vía administrativa, por lo que, en el plazo de un mes,
se podrá interponer recurso de alzada ante el Ministro de Agricultura, Pesca y
Alimentación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 en relación
con el 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.

cve: BOE-A-2024-1855
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 26 de enero de 2024.–La Secretaria General de Pesca, Isabel Artime García.

https://www.boe.es

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X