II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA. Cuerpo Superior de Vigilancia Aduanera. (BOE-A-2024-1801)
Resolución de 24 de enero de 2024, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se convocan procesos selectivos para ingreso, por los sistemas de acceso libre y de promoción interna, en el Cuerpo Superior de Vigilancia Aduanera, especialidades de investigación, navegación y propulsión.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 27

Miércoles 31 de enero de 2024

Sec. II.B. Pág. 12378

Quienes se acojan a esta modalidad, además de indicarlo en la solicitud de
participación, deberán adjuntar a dicha solicitud la titulación que acredita el conocimiento
del idioma elegido.
El Tribunal, por la relevancia del documento y ante la existencia de dudas derivadas
de la calidad de la copia, podrá requerir la documentación original acreditativa de la
titulación en cualquier momento del proceso selectivo. El aspirante deberá presentar
dicha documentación en el momento indicado. A tal efecto, preferiblemente, se
aprovechará para este requerimiento la convocatoria de ejercicios de la fase de
oposición. Si no se presentara dicha documentación o de la documentación presentada
se dedujera que no se está en posesión de una titulación acreditativa del nivel requerido,
no se valorará.
Previamente a la celebración del ejercicio el Tribunal habrá de estudiar la
documentación presentada por los aspirantes con el fin de corroborar la idoneidad de los
certificados presentados a efectos de la superación del ejercicio. De esta manera, el
tribunal podrá convocar, para que se presenten por la modalidad presencial, a aquellos
aspirantes que no reúnan los requisitos para la modalidad de acreditación del
conocimiento del idioma mediante titulación.
3.2 La segunda parte del ejercicio consistirá en la contestación por escrito de 15
preguntas sobre las materias relacionadas en los anexos que a continuación se citan, de
acuerdo con el temario de cada especialidad.
– Especialidad de investigación: Legislación Aduanera, de Impuestos Especiales y
Medioambientales (Anexo III. 5) y Derecho Civil y Mercantil (Anexo III. 7).
– Especialidades de navegación y propulsión: Legislación Aduanera, de Impuestos
Especiales y Medioambientales (Anexo III. 6); Derecho Marítimo, parte general (Anexo
III. 8); Derecho Penal (Anexo III. 13); Contrabando. Blanqueo de capitales. Legislación
Conexa (Anexo III. 14) y Derecho Procesal (Anexo III.15).
El tiempo máximo para la realización de esta prueba será de tres horas.
4.

Cuarto ejercicio.

El cuarto ejercicio de la fase de oposición constará de dos partes, siendo ambas
eliminatorias.

– Especialidad de investigación: Consistirá en la resolución por escrito de un
supuesto teórico práctico sobre las siguientes materias: Derecho Penal (Anexo III.10);
Contrabando. Blanqueo de Capitales. Legislación Conexa (Anexo III.11); Derecho
Procesal (Anexo III.12) y Derecho Marítimo, parte general (Anexo III.8).
– Especialidad de navegación: Consistirá en la resolución gráfica y/o analítica de un
supuesto teórico práctico aplicado a la Vigilancia marítima, en el que se incluirá la
resolución sobre la rosa de maniobras de problemas directos o inversos de cinemática
aeronaval, pudiendo incluirse, además, un ejercicio consistente en un cálculo referido a
la estabilidad de un buque de Vigilancia Aduanera, así como cinco cuestiones de
Seguridad Marítima y Tecnología Marítima, de acuerdo con los anexos III.16 (Seguridad
Marítima) y III.18 (Tecnología Marítima).
– Especialidad de propulsión: Consistirá en la resolución de un supuesto teórico
práctico sobre puesta en funcionamiento de la planta propulsora del buque, así como
prevención, detección y reparación de averías. Así como cinco cuestiones de Seguridad
y Materiales, y Tecnología Mecánica, de acuerdo con los anexos III.17 (Seguridad y
Materiales) y III.19 (Tecnología Mecánica).
El tiempo máximo para la realización de esta prueba será de cuatro horas.

cve: BOE-A-2024-1801
Verificable en https://www.boe.es

4.1 La primera parte consistirá en la contestación por escrito de un supuesto teórico
práctico planteado por el Tribunal, sobre las siguientes materias, según la especialidad.