II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA. Cuerpo Ejecutivo del Servicio de Vigilancia Aduanera. (BOE-A-2024-1800)
Resolución de 23 de enero de 2024, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Ejecutivo del Servicio de Vigilancia Aduanera, especialidades de Investigación, Navegación, Propulsión y Comunicaciones.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 27

Miércoles 31 de enero de 2024

Sec. II.B. Pág. 12316

funcionarios/as de carrera mediante resolución de la Secretaría de Estado de Función
Pública, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», con indicación del destino
adjudicado.
2.11 Finalizado el proceso selectivo de acceso libre, el órgano de selección
elaborará la relación de posibles personas candidatas para su toma en consideración por
el órgano convocante, a los efectos previstos en el artículo 3.20 del Real
Decreto 625/2023, de 11 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público
correspondiente al ejercicio 2023.
2.12 Las consultas sobre los procesos se podrán realizar a través del correo
electrónico convocatorias@correo.aeat.es, sin que este correo tenga la consideración de
registro telemático.
3.

Programas y pruebas

3.1 El programa que ha de regir la fase de oposición en ambos procesos selectivos
es el que figura como anexo III de esta resolución.
3.2 Las pruebas de la fase de oposición de los procesos selectivos son las que
figuran en los anexos I, promoción interna, y II, acceso libre.
3.3 Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos
Internacionales estarán exentos de la realización de aquellas pruebas o ejercicios que la
Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar
conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo
Internacional correspondiente.
4.

Requisitos de las personas aspirantes

Las personas aspirantes deberán poseer al día de finalización del plazo de
presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como
funcionario/a de carrera, además de los enumerados en el apartado Décimo de la Orden
HFP/688/2017, de 20 de julio, los siguientes requisitos:
4.1 Nacionalidad española.
4.2 Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder de la edad máxima de
jubilación forzosa.
4.3 Estar en posesión o en condiciones de obtener el título correspondiente a la
especialidad a la que se aspire:

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de
la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente
certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que
hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las
profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.
4.4 Carecer de antecedentes penales.
4.5 Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones
que se deriven del puesto a desempeñar.

cve: BOE-A-2024-1800
Verificable en https://www.boe.es

– Especialidad de investigación: Diplomado, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico o
Grado.
– Especialidad de navegación: Diplomado en Navegación Marítima o Grado en
Ingeniería Náutica y Transporte Marítimo o Grado en Náutica y Transporte Marítimo.
– Especialidad de propulsión: Diplomado en Máquinas Navales o Grado en
Ingeniería Marina o Grado en Tecnologías Marinas.
– Especialidad de comunicaciones: Diplomado o Ingeniero Técnico Industrial,
Diplomado o Ingeniero Técnico de Telecomunicaciones, Diplomado en Radioelectrónica
Naval, o Grado en Ingeniería Técnica Industrial, en Ingeniería de Telecomunicaciones, o
en Radioelectrónica Naval.