II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA. Cuerpo Ejecutivo del Servicio de Vigilancia Aduanera. (BOE-A-2024-1800)
Resolución de 23 de enero de 2024, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Ejecutivo del Servicio de Vigilancia Aduanera, especialidades de Investigación, Navegación, Propulsión y Comunicaciones.
54 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 27

Miércoles 31 de enero de 2024

Sec. II.B. Pág. 12329

aportación de este certificado podrá ser suplida por la consulta por parte de la
Administración de los datos obrantes en el mismo, que serán los que se tengan en
cuenta en la valoración de la fase de concurso. En el plazo señalado en el primer
párrafo, la persona aspirante deberá dar su conformidad con la información que consta
de su expediente en el Registro Central de Personal, mediante la cumplimentación y
presentación del anexo VII dirigido al órgano convocante. El candidato puede consultar
la información de su expediente mediante la extracción automática de un informe sobre
su expediente personal en el Portal Funciona.
La no presentación del certificado, anexos VI o VII, en el plazo señalado, supondrá la
no valoración al aspirante en la fase de concurso.
B.2
1.

Valoración del concurso

Méritos:

En esta fase se valorarán, mediante el certificado de requisitos y méritos indicado,
los siguientes méritos:
a) Antigüedad: Se valorarán los servicios efectivos prestados como personal
funcionario de carrera en el cuerpo o escala del subgrupo inferior, a razón de 1 punto por
año completo de servicios, hasta un máximo de 57 puntos.
Igualmente se valorará, en los mismos términos, la experiencia acreditada por los
candidatos que, con carácter interino o temporal, hubieran desempeñado funciones
idénticas o análogas a las propias del Cuerpo al que se refiere la presente convocatoria.
b) Grado personal consolidado y formalizado: Según el grado personal que se
tenga consolidado el día de publicación de esta convocatoria y formalizado en la
Administración General del Estado a través del acuerdo de reconocimiento de grado por
la autoridad competente anterior a la finalización del plazo de presentación del
certificado, se otorgará la siguiente puntuación:
Grado 14 o inferiores: 15 puntos.
Grado 15 y 16: 16 puntos.
Grado 17 y 18: 17 puntos.
Grado 19 y 20: 18 puntos.
Grado 21 o superiores: 19 puntos.

Niveles 15 o inferiores: 15 puntos.
Nivel 16 y 17: 16 puntos.
Nivel 18 y 19: 17 puntos.
Nivel 20 y 21: 18 puntos.
Nivel 22 o superiores: 19 puntos.
La valoración efectuada en este apartado no podrá ser modificada por
reclasificaciones de nivel posteriores a la fecha de publicación de esta convocatoria, con
independencia de los efectos económicos de las mismas.
A los funcionarios en comisión de servicios se les valorará el nivel de complemento
de destino de su puesto de origen y a los funcionarios en adscripción provisional se les

cve: BOE-A-2024-1800
Verificable en https://www.boe.es

Asimismo, se otorgarán 15 puntos a aquellos funcionarios que en la fecha de
publicación de la convocatoria no tengan ningún grado consolidado y formalizado en la
Administración General del Estado y hayan prestado servicios efectivos en la misma,
como funcionario de carrera, durante al menos dos años.
c) Trabajo desarrollado: Según el nivel de complemento de destino correspondiente
al puesto de trabajo que se ocupe con carácter definitivo en la Administración General
del Estado, así como en los Órganos Constitucionales, el día de publicación de esta
convocatoria, como funcionario del subgrupo C1, se otorgará la siguiente puntuación: