III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-1847)
Resolución de 18 de enero de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el I Convenio colectivo de Air Nostrum Engineering and Maintenance Operations, SLU, y su plantilla de técnicos de mantenimiento.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 27

Miércoles 31 de enero de 2024

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La Compañía publicará el 1 de noviembre el calendario de vacaciones y puntos
asignados a cada trabajador/a en el año en curso. A continuación, se inicia el plazo de
solicitud de vacaciones para el año siguiente, finalizando éste el 15 de noviembre. El
orden de elección viene dado en sentido inverso a los puntos acumulados por las
vacaciones del año en curso.
El calendario de vacaciones del año siguiente se publicará el 1 de diciembre.
Tabla de puntuación:
Mes

Enero.

Del 1 al 6.

Puntos

8 por día.

Marzo.

1 por día.

Abril.

4 por día.

Mayo.

5 por día.

Junio.

Del 1 al 15.

8 por día.

Del 16 al 30. 10 por día.

Julio.

11 por día.

Agosto.

12 por día.

Septiembre.
Diciembre.

3)

Fecha

Del 1 al 15.

10 por día.

Del 16 al 30. 8 por día.
Del 1 al 15.

3 por día.

Del 16 al 31. 8 por día.

Observaciones:

a) Las fechas en que no se ha indicado puntuación específica, tienen un valor de 0
puntos.
b) Las vacaciones disfrutadas en fechas coincidentes con las festividades locales
de la base o estación en que se esté asignado, tendrán una puntuación de 8 puntos por
día.
El/la responsable de cada base remitirá anualmente a la Dirección de Mantenimiento
las festividades de su base.
c) La Semana Santa tendrá una puntuación de 8 puntos por día, desde el Jueves
Santo hasta el lunes siguiente, ambos incluidos.
d) En caso de igual puntuación, se tendrá en cuenta el orden de elección del año
anterior.
e) Una vez concedidas las vacaciones, en caso de que se solicite su modificación
por el/la trabajador/a, las variaciones de las fechas de disfrute deberán ser aceptadas
por la Dirección de Mantenimiento. Dicho cambio no afectará, en cuestión de puntuación,
para la elección de las vacaciones del año siguiente.
f) En caso de que la modificación sea por necesidades organizativas o de
producción, la puntuación, a los mismos efectos del apartado anterior, será la más
favorable al trabajador/a.
g) Petición de los 14 festivos anuales:
Antes del día 15 de diciembre los/las Tms solicitarán las fechas de disfrute de 10 de
los 14 festivos. A 31 de diciembre se publicará el calendario en el que se incluirá la
concesión de dichos festivos. La preferencia de concesión será en orden inverso a la de
las vacaciones. Los 4 festivos restantes se disfrutarán dos por semestre.

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2024-1847
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