III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-1846)
Resolución de 18 de enero de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Unidad Editorial Formación, SL.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 27

Miércoles 31 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 12623

Empresa con toda la información profesional almacenada, así como facilitar las claves de acceso
a su ordenador, programas, bases de datos, archivos protegidos, Intranet, Internet y correo
electrónico. El extrabajador/a podrá pedir por escrito de manera motivada unos días más para
poder retirar su información almacena personal si no fuese suficiente el periodo desde que
conoce su extinción y la fecha de la misma.
b) Cualquier empleado/a responderá de los daños causados en el sistema o
material informático, hasta la fecha de extinción de su contrato.
La Empresa podrá disponer del equipo informático de dicho empleado/a el mismo día
de la finalización de su relación laboral, salvo que tenga otorgado el permiso del
apartado a) anterior.
c) En el momento de finalización de la relación laboral con la Empresa, el deber de
confidencialidad permanecerá vigente, prohibiéndose expresamente que el empleado/a
se apropie de ningún dato, listado, ni contenido de las bases de datos, archivos, carpetas
o disco duro a los que haya tenido acceso por razón de su vinculación laboral con la
Empresa, salvo los archivos que incluyan artículos del propio empleado/a y los ficheros
relativos a su agenda y contactos personales.
8.

Sistema normativo.

Serán de aplicación subsidiaria para todo lo que no esté previsto en el presente
Protocolo, las previsiones del ordenamiento laboral, civil y específicamente del informático.
ANEXO I
Tabla de transposición de categorías a los nuevos grupos profesionales
Redacción
Grupo

Grupo 1.
Grupo 2.

Nivel

Categoría

Nivel I.

Redactor/a Jefe/a.

Nivel II.

Jefe/a de sección.

Nivel III.

Redactor/a.

Nivel IV.

Ayudante de redacción.

Gestión / Comercial

Grupo 1.

Grupo 2.

Grupo 3.

Nivel

Categoría

Nivel V.

Jefe/a de área.

Nivel VI.

Jefe/a de sección.

Nivel VII.

Comercial.

Nivel VIII.

Técnico/a de Servicios.

Nivel IX.

Servicios.

Nivel X.

Técnico/a.

Nivel XI.

Promotor/a de publicidad.

Nivel XII.

Administrativo/a.

Nivel XIII.

Aux. administrativo/a.

cve: BOE-A-2024-1846
Verificable en https://www.boe.es

Grupo