I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA. Medidas fiscales y administrativas. (BOE-A-2024-1778)
Ley 13/2023, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas para el año 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 27

Miércoles 31 de enero de 2024

Sec. I. Pág. 12171

CV = suma de las cifras obtenidas de multiplicar las unidades de animales de
la explotación que pertenezcan a cada especie por el valor €/unidad del cuadro
siguiente:
Especie

Apicultura (colmena).

1,05

Aves y conejos.

0,03

Ovino-caprino/carne/leche.

0,31

Porcino/reproductor/engorde.

0,37

Vacuno/reproductor/carne/leche
Equino.

1,59

Bueyes.

2,10

Gallinas ponedoras.

0,03

Acuicultura.

94,57 € hasta 25 Tm

Acuicultura.

141,88 € si es igual o mayor de 25 y menor de 50 Tm

Acuicultura.

173,37 € si es igual o mayor de 50 y menor de 75 Tm

Acuicultura.

189,12 € si es igual o mayor de 75 y menor de 100 Tm

Acuicultura.

215,39 € si es igual o mayor de 100 Tm»

Dos.
a)

Euros/unidad

Tasa 4.17 Gestión técnico-facultativa de los servicios agronómicos.

Se da la siguiente redacción a la tarifa 2.5:
«2.5 Por control de plantaciones para autoconsumo, experimentales,
colecciones de vid para la conservación de recursos genéticos y viñas madres de
injertos y viñedos con compromiso de no comercialización para vino con DOP/IGP:
15,60 euros.»

b)

Se suprime el apartado «Devolución de ingresos indebidos».

Dos bis. Tasa 4.28. Ocupación y aprovechamiento de dominio público.
El apartado «Fianzas» queda redactado en los siguientes términos:

1. Por importe de 66,15 € a 2.645,00 € para responder por los daños
menores que puedan producirse a la carretera y elementos funcionales de la
misma. La fianza se podrá prestar en metálico o mediante aval.
2. Hasta 18.000 € por los daños de mayor entidad que puedan producirse al
realizar obras en general que afecten a la calzada, aunque no se desarrollen
en la zona de protección de la misma. La fianza se podrá prestar en metálico o
mediante aval.
3. Hasta 180.000 € por los daños graves que puedan causarse al transportar
materiales pesados por la calzada procedentes de excavaciones, canteras,
aprovechamientos forestales y de otro tipo, etc., que pudieran deformar el firme,
para su posible reparación mediante ejecución subsidiaria. La fianza se podrá
prestar en metálico o mediante aval.»

cve: BOE-A-2024-1778
Verificable en https://www.boe.es

«Podrá exigirse el importe de las siguientes fianzas: