III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Ayudas. (BOE-A-2024-1754)
Resolución de 29 de diciembre de 2023, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Turismo de 14 de diciembre de 2022, modificado por Acuerdo de 29 de diciembre de 2023, por el que se fijan los criterios de distribución, así como el reparto resultante para las comunidades autónomas, del crédito destinado a la financiación de actuaciones de inversión por parte de entidades locales en el marco del Componente 14 Inversión 1 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 30 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 11534

de construcción utilizados en la construcción que puedan entrar en contacto con los
usuarios emitirán menos de 0,06 mg de formaldehído por m3 de material o componente y
menos de 0,001 mg de compuestos orgánicos volátiles cancerígenos de categorías 1A
y 1B por m3 de material o componente, previa prueba de acuerdo con CEN / TS 16516 e
ISO 16000-3 u otras condiciones de prueba estandarizadas y métodos de determinación
comparables. Además, se adoptarán medidas para reducir el ruido, el polvo y las
emisiones contaminantes durante la fase de obra y se ejecutarán las actuaciones
asociadas a esta medida siempre cumpliendo la normativa de aplicación vigente en
cuanto la posible contaminación de suelos y agua.»
– Para la prevención y el control de la contaminación y protección y restauración de
la biodiversidad y los ecosistemas:
«Cuando las actuaciones de rehabilitación tengan lugar en áreas sensibles a la
biodiversidad (incluida la red Natura 2000 de áreas protegidas, sitios del Patrimonio
Mundial de la UNESCO y áreas clave para la biodiversidad, así como otras áreas
protegidas) o en áreas próximas, se requerirá el cumplimiento de los artículos 6 (3) y 12
de la Directiva de hábitats y el artículo 5 de la Directiva de aves. Además, cuando sea
preceptivo, se llevará a cabo una Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) de acuerdo con
la Directiva EIA.»
– Para mitigación del cambio climático:
«En la rehabilitación de edificios se tendrá en consideración las directrices recogidas
en la Directiva (UE) 2018/844 relativa a la eficacia energética de los edificios de cara a
que sean edificios de consumo de energía casi nulo, permitiendo reducir de forma
significativa el consumo de energía primaria no renovable.»
– Para adaptación al cambio climático:
«Las medidas de rehabilitación permitirán contribuir a la adaptación de los edificios al
cambio climático, adoptando las soluciones de adaptación que sean posibles en el marco
de las opciones que permita la edificación existente y su protección en caso de que sean
edificios protegidos, como la utilización de cubiertas vegetales, toldos, zonas de
sombreado…»
– Para transición a una economía circular:
«(I) Al menos el 70 % (en peso) de los residuos de construcción y demolición no
peligrosos (excluido el material natural mencionado en la categoría 17 05 04 en la lista
europea de residuos establecida por la Decisión 2000/532 / EC) generados, en las
actuaciones previstas en esta inversión, será preparado para su reutilización, reciclaje y
recuperación de otros materiales, incluidas las operaciones de relleno utilizando residuos
para sustituir otros materiales, de acuerdo con la jerarquía de residuos y el Protocolo de
gestión de residuos de construcción y demolición de la UE.
(II) Los operadores limitarán la generación de residuos en los procesos relacionados
con la construcción y demolición, de conformidad con el Protocolo de gestión de residuos
de construcción y demolición de la UE y teniendo en cuenta las mejores técnicas
disponibles y utilizando la demolición selectiva para permitir la eliminación y manipulación
segura de sustancias peligrosas y facilitar la reutilización y reciclaje de alta calidad
mediante la eliminación selectiva de materiales, utilizando los sistemas de clasificación
disponibles para residuos de construcción y demolición.
(III) Los diseños de los edificios y las técnicas de construcción apoyarán la
circularidad en lo referido a la norma ISO 20887 para evaluar la capacidad de
desmontaje o adaptabilidad de los edificios, cómo estos están diseñados para ser más
eficientes en el uso de los recursos, adaptables, flexibles y desmontables para permitir la
reutilización y el reciclaje.

cve: BOE-A-2024-1754
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Núm. 26