I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Energía eléctrica. (BOE-A-2024-1693)
Resolución de 25 de enero de 2024, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se modifica el procedimiento de operación 10.5 "Cálculo del mejor valor de energía en los puntos frontera y cierres de energía del sistema de información de medidas eléctricas".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 26

Martes 30 de enero de 2024

Sec. I. Pág. 11152

cumplimiento de la energía programada en el proceso de solución de restricciones
técnicas en tiempo real, activación de energías de balance de reserva de sustitución
(RR) y de regulación terciaria y otros servicios de balance con resolución cuartohoraria,
en sustitución de la telemedida de potencia integrada en 15 minutos que se viene
empleando desde mayo de 2022. Se mantiene en esta primera fase la recepción de
medida horaria con firma electrónica en todos los puntos de medida para el cálculo de
los desvíos u otras necesidades en las liquidaciones y otros servicios del sistema de
medidas en los que se precisen medidas horarias de contador.
En modificaciones normativas posteriores deberán abordarse los cambios necesarios
para llevar a cabo la segunda fase de la implementación del ISP de 15 minutos, que
permitirá la incorporación con carácter general de las medidas de contador de 15
minutos antes del 1 de enero de 2025, conforme a lo exigido por la resolución de 15 de
octubre de 2020 de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, citada
anteriormente.
A la vista de la propuesta del operador del sistema y de su informe justificativo, ha
sido elaborada propuesta de resolución de la Secretaría de Estado por la que se
modifica el procedimiento de operación 10.5, la cual ha sido sometida a audiencia
pública entre los meses de agosto y septiembre de 2023 y remitida para informe a la
Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
Con fecha 15 de noviembre de 2023, y previo trámite de audiencia en el Consejo
Consultivo de Electricidad, la Sala de Supervisión Regulatoria de la Comisión Nacional
de los Mercados y la Competencia ha aprobado el «Informe sobre la propuesta de
resolución de la Secretaría de Estado de Energía por la que se modifica el procedimiento
de operación eléctrico 10.5 «Cálculo del mejor valor de energía en los puntos frontera y
cierres de energía del sistema de información de medidas eléctricas»».
Vista la propuesta de modificación del procedimiento de operación 10.5 realizada por
el operador del sistema, así como las alegaciones recibidas en fase de audiencia, y el
informe de fecha 15 de noviembre de 2023 de la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia,
Esta Secretaría de Estado resuelve:
Primero.
Aprobar la modificación del procedimiento de operación 10.5 «Cálculo del mejor valor
de energía en los puntos frontera y cierres de energía del sistema de información de
medidas eléctricas», aprobado por la Resolución de 8 de agosto de 2022, de la
Secretaría de Estado de Energía, por la que se aprueban procedimientos de operación,
para su adaptación a mejoras en relación con las garantías exigidas a los sujetos
participantes en el mercado, y a mejoras en la gestión técnica de las medidas en el
sistema eléctrico.
La citada modificación consiste en incorporar a dicho procedimiento de operación un
nuevo anexo 11 con el siguiente contenido:

Utilización de medida cuartohoraria de contador a efectos de verificación del
cumplimiento de asignaciones de servicios de balance a partir del 1 de
marzo de 2024
El objeto de este anexo es detallar la utilización de las medidas de energía
cuartohorarias procedentes de contadores a efectos de verificar el cumplimiento
de las asignaciones de servicios de balance a partir del 1 de marzo de 2024 y
hasta la completa implementación del periodo de liquidación de los desvíos
quinceminutal.
Durante este periodo se mantiene la recepción, tratamiento de medida y el
cálculo del mejor valor de energía horario conforme a lo indicado en este

cve: BOE-A-2024-1693
Verificable en https://www.boe.es

«ANEXO 11