III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-1650)
Resolución de 24 de enero de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., e ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., para la gestión de la Iniciativa Desafía Nórdicos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 29 de enero de 2024

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resuelto el Convenio. La resolución del Convenio por esta causa no dará lugar a
indemnización alguna.
d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del Convenio.
e) La imposibilidad sobrevenida de su realización.
f) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el Convenio o en
otras leyes.
El cumplimiento y resolución del Convenio tendrá los efectos establecidos en el
artículo 52 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre. En todo caso, y en el supuesto de
resolución anticipada del Convenio, las Partes se comprometen a cumplir con todas las
obligaciones pactadas que se encuentren en desarrollo hasta la fecha de finalización de
cualquier acción que estuviera contemplada en el marco de este Convenio y que se
hubiera iniciado con carácter previo a la causa que hubiera motivado la extinción del
Convenio. A estos efectos, a la finalización del Convenio, las Partes fijarán un plazo
improrrogable, que no podrá exceder de la vigencia del Convenio inicialmente pactada,
para la conclusión de estas actividades en curso, transcurrido el cual deberá realizarse la
liquidación de las mismas en los términos establecidos en el apartado 2 del artículo 52
de la citada Ley 40/2015.
Octava. Cumplimiento de los objetivos previstos en el Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia.
El objeto de este convenio constituye una de las actividades enmarcadas en el
programa de Fortalecimiento del Ecosistema Español de Empresas de Rápido
Crecimiento que, a su vez, es una de las 11 acciones de la Inversión 5
«Internacionalización» del PRTR.
En particular, se trata de la Acción 7 de la citada inversión y, conjuntamente con las
otras 10 acciones que la integran, contribuye a la consecución del objetivo número 213
del CID (Council Implementing Decision), consistente en conseguir que 3.000 empresas
participen en proyectos de apoyo a la internacionalización, de las cuales, al menos,
2.500 han de ser Pymes. El plazo para el cumplimiento del objetivo es el 4.º trimestre
de 2024.
Novena. Declaración responsable.
Ambas partes declaran conocer que la financiación de ICEX, a través de la
suscripción de este convenio, procede del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de
la Unión Europea, y que asumen todas las obligaciones derivadas del Reglamento (UE)
n.º 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el
que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, demás normas de la
Unión Europea sobre la materia y por las normas estatales de desarrollo o transposición
de estas, especialmente con respecto al requerimiento de cumplir con el principio de no
ocasionar un perjuicio significativo al medio ambiente.
Décima. Actividades excluidas y etiquetado verde.
En virtud del principio «Do not significant harm» (DNSH), las actividades previstas en
el presente convenio en ningún caso podrán ir referidas a actuaciones que directa o
indirectamente ocasionen un perjuicio significativo al medio ambiente, de acuerdo con el
artículo 17 del Reglamento (UE) n.º 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 18 de junio de 2020, relativo al establecimiento de un marco para facilitar las
inversiones sostenibles y por el que se modifica el Reglamento (UE) n.º 2019/2088, del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de noviembre de 2019.
Dada la heterogeneidad de actuaciones que se enmarcan en la Inversión 5 del
componte 13, los proyectos incluidos no tienen etiquetado verde o digital en los términos
previstos en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12
de febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

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Núm. 25