III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Convenios. (BOE-A-2024-1675)
Resolución de 22 de enero de 2024, de la Dirección General de Industrias Culturales, Propiedad Intelectual y Cooperación, por la que se publica el Convenio con la Fundación Industrias Creativas, para la colaboración en el desarrollo del espacio "Conexiones i" en BIME y la internacionalización de la industria musical española en 2024, financiada por el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -Next Generation EU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 25

Lunes 29 de enero de 2024
e)

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Otros:

– Sesiones BIME: Procesos de cocreación en estudio de grabación entre artistas de
España y creadores/as de América y Europa.
– Panel de expertos sobre financiación para música.
– Acto de inauguración y networking con presencia del Ministerio de Cultura de España.
Los contenidos específicos podrán sufrir variaciones, manteniéndose, en todo caso,
el número de actividades previsto.
3. Además, la propuesta presentada incluye:
a) Acciones de visibilización y promoción de la industria española, en al menos un
artículo en las guías de BIME (que se distribuye entre todos los asistentes a los eventos
en formato físico y digital), así como posts con datos relevantes en redes sociales BIME.
b) Espacios de conexión con profesionales de la industria iberoamericana y
europea.
c) Difusión específica de información relevante para el sector sobre acciones
vinculadas con música (la información será facilitada por el Ministerio) y tendrá formato
de presentación o artículo o imagen gráfica.
d) Medición de resultados y datos derivados de las acciones realizadas en el marco
de Conexiones i.
Tercera.

Régimen jurídico.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa, y se rige por lo establecido en
el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, y, por tanto, se regirá por sus propias cláusulas, aplicándose
los principios de dicha norma para resolver las dudas y lagunas que pudieran suscitarse
en su interpretación y ejecución.
Cuarta.

Obligaciones del Ministerio de Cultura.

Para el debido cumplimiento del objeto del presente convenio, el MCLT se
compromete a realizar las siguientes actuaciones, conforme al presupuesto desglosado
en el anexo:
1. Participar en el diseño, elaboración y realización del programa de actividades
referido en la cláusula segunda y en el anexo.
2. Aportar la cantidad máxima de doscientos treinta y ocho mil euros (238.000 €) en
la totalidad del periodo de actuaciones del presente convenio, una vez ejecutadas y
justificadas
las
acciones
programadas
con
cargo
a
la
aplicación
presupuestaria 24.50.14XA.471.
3. Facilitar las relaciones institucionales precisas para el desarrollo y aplicación del
presente convenio.
4. Participar en la difusión y conocimiento de las actuaciones que se acuerden
dentro del presente convenio.

1. Asumir la responsabilidad directa de las gestiones necesarias para el buen
desarrollo de las acciones promocionales previstas, informando al MCLT de las mismas.
2. Aportar la cantidad máxima de doscientos treinta y siete mil euros (237.000 €) en
la totalidad del periodo de actuaciones del presente convenio, de conformidad con el
desglose indicado en el anexo.
3. Diseñar y ejecutar, conjuntamente con el MCLT, las actividades mencionadas en
la cláusula segunda y en el anexo, debiendo tener en cuenta todos los aspectos técnicos
necesarios para la correcta ejecución de las mismas.

cve: BOE-A-2024-1675
Verificable en https://www.boe.es

Quinta. Obligaciones de la Fundación.