III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-1666)
Resolución de 22 de enero de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Creación de nuevos recintos en el muelle de Cataluña. Puerto de Barcelona".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 25

Lunes 29 de enero de 2024

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urbanizadas, como máximo, de 8 h a 20 h; ubicar el parque de maquinaria lo más
alejado posible de las zonas habitadas; y ajustar la emisión sonora de la maquinaria a
las prescripciones que establece la Directiva 2000/14, que regula las emisiones sonoras
en el entorno producidas por las máquinas de uso en el aire libre, y las normas
complementarias. El promotor acepta las condiciones indicando que, aunque la zona del
muelle de Inflamables está alejada de cualquier núcleo habitado, en cualquier caso, se
va a cumplir la regulación sobre contaminación acústica del entorno en que se actúe.
Por su parte, el Servicio de Vigilancia y Control del Aire de la Dirección General de
Calidad Ambiental y Cambio Climático de la Generalitat de Cataluña, informa que dado
que la creación de nuevos recintos se encuentra en una zona declarada de protección
especial del ambiente atmosférico, siendo el puerto un sector que aporta un 18 % y 21 %
de NOx y PM10 respectivamente, a las emisiones totales en esta zona, habrá que
garantizar que la nueva actividad que esté prevista en los nuevos recintos no produzca
un incremento sustancial de estos contaminantes en el aire y en caso de que sea así, se
establezcan las medidas compensatorias necesarias para reducir el impacto que se
pueda generar en la fase explotación. Durante la fase de construcción, en lo que se
refiere a la incidencia en emisión de partículas que puede tener la ejecución de obras
debido a los movimientos de tierras ya la circulación de vehículos y maquinaria, tendrán
que especificarse las medidas a implantar para reducir el impacto en la calidad del aire e
intensificarlas en caso de episodios de contaminación. Condiciones incorporadas en el
apartado «e. Prescripciones adicionales» de esta Resolución.
El Ayuntamiento de Barcelona informa que debería actualizarse la información
acerca de la contribución del puerto a nivel de emisiones en relación con la ciudad, ya
que se utilizan datos para el año 2013, estando disponibles los del año 2017. El promotor
actualiza los datos en el documento ambiental subsanado.
Biodiversidad y espacios protegidos.

Según el documento ambiental, en la zona de rellenos del muelle Cataluña se
produce un gran trasiego y movimiento de vehículos, maquinaria y materiales
procedentes de las actividades propiamente portuarias, junto con las industriales de los
polígonos adyacentes y con las obras y actividades de la construcción y reciclaje. Esta
actividad humana y la falta de espacios propios y condiciones para el asentamiento
hacen que no se constate la presencia de especies de aves y fauna terrestre, que sí se
establecen y se encuentran presentes en los espacios naturales protegidos del otro lado
del río Llobregat. No se prevé, por tanto, una afección sobre las comunidades terrestres.
No obstante, durante la fase de obra, la preparación del terreno y la implantación de los
distintos elementos de obra, podrían generar ciertos impactos como un efecto barrera en
los movimientos de la fauna y atropellos por maquinaria y vehículos de la obra. Entre las
medidas preventivas y correctoras, el promotor incluye el control de la alteración de
superficies que no sean absolutamente necesarias; selección de accesos y trazado de
zanjas ocupando la superficie mínima; y en caso de sistemas de iluminación, se vigilará
que carezcan de luces brillantes y que los haces de luz se proyecten exclusivamente
hacia el suelo.
En relación con las comunidades marinas, el documento ambiental indica que,
aunque en la zona de rellenos serán eliminadas las especies sésiles o con movilidad
restringida, es un impacto de baja intensidad ya que las comunidades de fangos
infralitorales afectadas carecen de un grado elevado de complejidad y madurez,
caracterizándose por una baja organización espacial. En cuanto a las comunidades
planctónicas, el principal impacto es la alteración del hábitat debido al aumento de la
turbidez generada por los rellenos submarinos y la removilización del sedimento, y, en
menor medida, la eliminación directa de organismos. También se pueden generar
impactos sobre las comunidades nectónicas, a través de los cambios en la columna de
agua (desorientación, alteración de rutas de migración, estrés, etc), o través de la
modificación de la litología del fondo, experimentando un desplazamiento geográfico
hasta otras zonas próximas. No obstante, el promotor afirma que, en zonas donde no se

cve: BOE-A-2024-1666
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