III. Otras disposiciones. BANCO DE ESPAÑA. Entidades de crédito. (BOE-A-2024-1683)
Resolución de 19 de enero de 2024, del Banco de España, por la que se publican las sanciones de inhabilitación y de inhabilitación y multa impuestas, por la comisión de infracciones graves y muy graves, a cargos de administración y dirección de Pecunia Cards, E.D.E., SL.
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Núm. 25

Lunes 29 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 11079

− Una sanción de multa por importe de veinticinco mil euros (25.000 €) y una sanción
de inhabilitación para ejercer cargos de administración o dirección en cualquier entidad
de dinero electrónico o del sector financiero, por plazo de 3 (tres) años. Dichas
sanciones están previstas, respectivamente, en los artículos 100.1.a) y 100.1.d) de la
Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de
crédito, y han sido impuestas por la comisión de una infracción muy grave tipificada en el
artículo 92.o) de la referida Ley 10/2014, consistente en haber incurrido la mencionada
entidad, principalmente durante los años 2021 y 2022, aunque en algunos aspectos
también en años anteriores, en deficiencias en su estructura organizativa, mecanismos
de control interno y procedimientos administrativos y contables, incluidos los relativos a
la gestión y control de los riesgos, siendo así que tales deficiencias pusieron en peligro
su solvencia o viabilidad.
− Una sanción de inhabilitación para ejercer cargos de administración o dirección en
cualquier entidad de dinero electrónico o del sector financiero, por plazo de 2 (dos) años.
Dicha sanción está prevista en el artículo 101.1.d) de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de
ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito, y ha sido impuesta por la
comisión de una infracción grave tipificada en el artículo 23.2 de la Ley 21/2011, de 26 de
julio, de dinero electrónico, consistente en haber incumplido la referida entidad, principalmente
durante los años 2021 y 2022, aunque en algunos aspectos también en años anteriores,
normas de ordenación y disciplina contenidas en dicha Ley 21/2011 y, en concreto, las
relativas a las normas de garantía y salvaguarda de los fondos recibidos de los clientes,
así como al cobro de comisiones.

cve: BOE-A-2024-1683
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Madrid, 19 de enero de 2024.–El Secretario General del Banco de España,
Francisco-Javier Priego Pérez.

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X