III. Otras disposiciones. ADMINISTRACIÓN LOCAL. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2024-1686)
Resolución de 18 de enero de 2024, del Consejo Insular de Mallorca (Illes Balears), referente a la incoación del expediente de declaración como bien de interés cultural, con categoría de monumento, de la Casa Huarte, en el término municipal de Pollença.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 25

Lunes 29 de enero de 2024

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cuanto a las estructuras metálicas de soporte del toldo, se encuentran bien conservadas,
aunque presenten oxidaciones en puntos concretos.
La Casa Huarte no ha dejado de ser habitada temporalmente desde su construcción,
y anualmente se llevan a cabo labores de mantenimiento, lo que ha contribuido a su
buena conservación.
El estado de conservación de la vegetación existente es bueno, en tanto, como se ha
dicho anteriormente, se realizan regularmente tareas de mantenimiento en el conjunto.
Todos los pinos que quedan incluidos en el ámbito de la edificación y que formaron parte
del proyecto original se encuentran en buen estado de conservación, así como la
vegetación y arbolado de las zonas exteriores. Sin embargo, el temporal que tuvo lugar
en Mallorca en febrero de 2023 dejó dañados algunos ejemplares de pinos situados en la
zona exterior, uno de los cuales tuvo que ser talado y debería ser restituido por un
ejemplar de la misma especie.
6.

Descripción y justificación de la delimitación del bien y del entorno de protección

6.1

Descripción y justificación de la delimitación del bien.

Tal y como se ha ido exponiendo a lo largo de este informe, el elemento con
significados y valores patrimoniales es el conjunto formado por los tres volúmenes (los
volúmenes originales de los arquitectos Javier Carvajal y José María García de Paredes
y el pabellón diseñado por Oíza), el espacio exterior, configurado por terrazas, porches y
bancales, los muelles y la propia vegetación. Casa, naturaleza y muelles conforman un
conjunto indivisible.
El bien a preservar está conformado por la volumetría construida, que engloba las
tres construcciones (volúmenes originales y pabellón de Oíza), incluyendo la cubierta y el
alero perimetral de lamas de madera. Se incluyen en la volumetría construida, todos
aquellos elementos adheridos durante la intervención de Oíza que son parte indivisible
del conjunto; las puertas pivotantes del porche de acceso, la escalera de caracol, las
mamparas de madera exteriores y la terraza que dan continuidad a la fachada al mar, las
cadenas por las que discurre el agua de la cubierta,... También el mobiliario, diseñado a
medida (muebles de baño, luminarias, banco,...) y las dos esculturas de Oteiza.
También forman parte del conjunto toda la zona exterior a la vivienda situada dentro
de los límites de la parcela, incluyendo los bancales de piedra hasta las rocas y terrazas
que se generan, la valla de entrada y el espacio de acceso con el pavimento conformado
por piezas circulares de hormigón in situ, así como las dos esculturas de Oteiza que se
encuentran en el jardín.
Como ya se ha descrito en el cuerpo del informe, el embarcadero de madera y la
plataforma de hormigón, con todos los elementos que lo componen, forman parte del
conjunto edificado, entendiéndose como la prolongación de la casa hacia el mar.
El arbolado también será considerado parte integrante del bien al formar parte de la
arquitectura del edificio y constituir, desde el inicio, un elemento de proyecto.
6.2

Descripción y justificación de la delimitación del entorno.

1. Este chalet fue construido en una parcela, desde el origen, sin mayor alcance de
la intervención que la propia parcela, además de las intervenciones en la orilla del mar ya
incluidas dentro de la propia delimitación del bien. Por tanto, no hay otras partes donde
se extienda la obra de Oíza.
2. Si bien la edificación tiene muy en cuenta la naturaleza, que condiciona y
enriquece el diseño del edificio, el pedazo de naturaleza que se tiene en cuenta es la del
propio solar.
3. Por tratarse de una zona de parcelaciones que permite edificaciones aisladas, ni
por aspectos relacionados con las visuales ni por aspectos relacionados con la

cve: BOE-A-2024-1686
Verificable en https://www.boe.es

Tras el estudio de las diferentes variables a tener en cuenta para la delimitación de
un entorno de protección, se han llegado a las siguientes conclusiones: