III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Seguridad aérea. (BOE-A-2024-1659)
Resolución de 17 de enero de 2024, de la Secretaría General de Transportes Aéreo y Marítimo, por la que se aprueba la actualización de la parte pública del Programa Nacional de Seguridad para la Aviación Civil.
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Lunes 29 de enero de 2024

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comunes sobre la seguridad de la aviación civil establecidas en el anexo del Reglamento
(CE) número 300/2008, del Parlamento Europeo y del Consejo (eliminación progresiva
de las restricciones a LAG e introducción gradual de la inspección de LAG).
● Reglamento (UE) número 720/2011, de la Comisión de 22 de julio de 2011 por el
que se modifica el Reglamento (CE) número 272/2009, que completa las normas básicas
comunes sobre la seguridad de la aviación civil en lo que se refiere a la introducción
gradual del control de líquidos, aerosoles y geles en los aeropuertos de la UE
(introducción gradual del control de LAG).
● Reglamento de Ejecución (UE) número 1141/2011, de la Comisión de 10 de
noviembre de 2011 que modifica Reglamento (CE) número 272/2009, que completa las
normas básicas comunes sobre la seguridad de la aviación civil en lo que respecta al uso
de escáneres de seguridad en los aeropuertos de la UE.
● Reglamento (UE) número 245/2013, de la Comisión de 19 de marzo de 2013 por
el que se modifica el Reglamento (CE) número 272/2009, en lo referente al control de
líquidos, aerosoles y geles en los aeropuertos de la UE (se incluyen los LED).
– Reglamento (UE) número 1254/2009, de la Comisión de 18 de diciembre de 2009
por el que se fijan criterios que permitan a los Estados miembros no aplicar las normas
básicas comunes sobre la seguridad de la aviación civil y adoptar medidas de seguridad
alternativas (aeropuertos pequeños).
● Reglamento (UE) 2016/2096, de la Comisión de 30 de noviembre de 2016 por el
que se modifica el Reglamento (UE) número 1254/2009, respecto a determinados
criterios que permiten a los Estados miembros no aplicar las normas básicas comunes
sobre la seguridad de la aviación civil y adoptar medidas de seguridad alternativas
(aeropuertos pequeños).
– Reglamento (UE) número 18/2010, de la Comisión de 8 de enero de 2010 por el que
se modifica el Reglamento (CE) número 300/2008, del Parlamento Europeo y del Consejo en
lo que se refiere a las especificaciones de los programas nacionales de control de calidad en
el campo de la seguridad de la aviación civil (control de calidad nacional).
– Reglamento (UE) número 72/2010, de la Comisión de 26 de enero de 2010 por el
que se fijan los procedimientos de las inspecciones que realice la Comisión en el ámbito
de la seguridad de la aviación.
● Reglamento de Ejecución (UE) número 2016/472, de la Comisión de 31 de marzo
de 2016 que modifica el Reglamento (UE) número 72/2010, en lo que respecta a la
definición del término inspector de la Comisión.
– Reglamento de Ejecución (UE) 2015/1998, de la Comisión de 5 de noviembre
de 2015 por el que se establecen medidas detalladas para la aplicación de las normas
básicas comunes de seguridad aérea.
● Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2426, de la Comisión de 18 de diciembre
de 2015 que modifica el Reglamento (UE) 2015/1998, de 5 de noviembre de 2015, por el
que se establecen medidas detalladas para la aplicación de las normas básicas comunes
de seguridad aérea.
● Reglamento de Ejecución (UE) 2017/815, de la Comisión de 12 de mayo de 2017
que modifica el Reglamento (UE) 2015/1998, en lo que atañe a la aclaración,
armonización y simplificación de determinadas medidas de seguridad aérea.
● Reglamento de Ejecución (UE) 2018/55, de la Comisión de 9 de enero de 2018
por el que se modifica el Reglamento (UE) 2015/1998, en lo que respecta a la inclusión
de la República de Singapur entre los terceros países a los que se reconoce la aplicación
de normas de seguridad equivalentes a las normas básicas comunes sobre la seguridad
de la aviación civil.
● Reglamento de Ejecución (UE) 2019/103, de la Comisión de 23 de enero de 2019
por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/1998, en lo que respecta a

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