III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO Y AGENDA 2030. Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Convenio. (BOE-A-2024-1679)
Resolución de 17 de enero de 2024, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, para la adaptación del Centro Antiguo Materno Infantil de Oviedo a la atención a personas con Esclerosis Lateral Amiotrófica, con cargo a los Fondos Europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y la Resiliencia.
15 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 29 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 11051

primer pago deberá ser acordada en el seno de la Comisión de Seguimiento, regulada
en la cláusula séptima de este convenio.
– Un segundo pago, del 10 % de la aportación total del MDSCA2030, por valor de
doscientos cincuenta mil euros (250.000,00 €), a realizar en el primer trimestre de 2025,
una vez que se hayan iniciado las obras. Dicho pago tiene por objetivo cubrir los gastos
en que se haya incurrido hasta entonces, por lo que tendrá que ser acordado en el seno
de la Comisión de Seguimiento previa justificación documental de dichos gastos, de
acuerdo a lo establecido la cláusula décima de este convenio.
– Un tercer pago, del 40 % restante de la aportación del MDSCA2030, por valor de
un millón de euros (1.000.000,00 €), que se realizará en 2026, una vez finalicen las
actividades objeto del convenio. El Principado de Asturias deberá acreditar
documentalmente que se han realizado todas las actuaciones previstas en el objeto de
este convenio, así como los gastos y pagos realizados, de acuerdo con lo establecido en
la cláusula décima del presente convenio. Este pago también deberá ser acordado en el
seno de la Comisión de Seguimiento, tras la presentación de la documentación referida.
El segundo y tercer pago se realizarán contra certificación del Director General de
Derechos de las Personas con Discapacidad, acreditativo de la realización de las
actuaciones y de la recepción de conformidad de la justificación documental
correspondiente.
2. El Gobierno del Principado de Asturias financiará los gastos estructurales
derivados de la puesta en marcha del centro una vez finalizadas las actuaciones de
adaptación del Centro Antiguo Materno Infantil de Oviedo hasta la fecha de finalización
del convenio, lo que implica la aportación del personal necesario para el normal
funcionamiento del centro, con una cuantificación económica de un millón cien mil euros
(1.100.000 €).
3. Asimismo, el Gobierno del Principado de Asturias se hará cargo de los gastos
derivados de los suministros y servicios requeridos para el normal funcionamiento del
centro.
Cuarta. Responsabilidades del Gobierno del Principado de Asturias.
1. De conformidad con lo dispuesto en la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de
Presupuestos Generales del Estado para 2023 como en el artículo 37.4 del Real
Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para
la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de
Recuperación y Resiliencia, las aportaciones percibidas por el Gobierno del Principado
de Asturias para la ejecución de proyectos objeto de financiación por estar incluidos
dentro del ámbito del PRTR quedan legalmente afectados a financiar el presente
proyecto, con la correlativa obligación del reintegro total o parcial de dichas aportaciones
en caso de no realizarse el gasto o en caso de incumplimiento total o parcial de los
objetivos previstos.
2. El proyecto a realizar será el recogido en el anexo I y se ejecutará para la
consecución del fin común que se pretende. El Gobierno del Principado de Asturias
deberá reportar la información y documentación prevista como mecanismo de
verificación recogidos en las Disposiciones operativas del Plan de Recuperación (OA).
Por tanto, el Gobierno del Principado de Asturias se compromete a la adquisición del
equipamiento necesario, dotación de personal y el resto de las actuaciones necesarias
para la puesta en marcha del centro destinado a la atención de personas con ELA.
3. Será responsabilidad del Gobierno del Principado de Asturias el seguimiento de
la ejecución del coste estimado a través del seguimiento de la ejecución contable de los
gastos imputados a proyectos o iniciativas del PRTR. Asimismo, será responsable de la
fiabilidad y seguimiento de estos indicadores, de manera que pueda conocerse en todo
momento el nivel de consecución de los hitos y de los objetivos.
4. Si el Gobierno del Principado de Asturias, en ejecución del presente convenio,
debiera otorgar financiación a destinarios finales, públicos o privados, establecerá

cve: BOE-A-2024-1679
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 25