III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO Y AGENDA 2030. Comunidad Autónoma de Extremadura. Convenio. (BOE-A-2024-1678)
Resolución de 17 de enero de 2024, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Extremadura, para la adaptación del Centro Residencial "Cervantes" de Cáceres a la atención a personas con ELA, con cargo a los Fondos Europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y la Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 29 de enero de 2024

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acordado en el seno de la Comisión de Seguimiento previa presentación por la Junta de
Extremadura de la Justificación prevista en la cláusula décima del presente convenio.
El segundo y tercer pago se realizarán contra certificación del Director General de
Derechos de las Personas con Discapacidad, acreditativo de la realización de las
actuaciones y de la recepción de conformidad de la justificación documental
correspondiente.
2. Por su parte, la Junta de Extremadura destinará seiscientos mil euros
(600.000,00 €), en la anualidad 2025, con cargo a la aplicación
presupuestaria 110060000/G/232A/62500/CAG0000001/20220150, para la adquisición
del equipamiento necesario para la dotación del centro.
Una vez finalizadas las actuaciones de adaptación del Centro Residencial
«Cervantes», la Junta de Extremadura se compromete a llevar a cabo su puesta en
marcha y gestión, a lo largo del primer trimestre del año 2027, haciéndose cargo de los
gastos que de ella se deriven.
Cuarta. Responsabilidades de la Junta de Extremadura.
1. De conformidad con lo dispuesto en la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de
Presupuestos Generales del Estado para 2023 como en el artículo 37.4 del Real
Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para
la modernización de la Administración pública y para la ejecución del Plan de
Recuperación y Resiliencia, las aportaciones percibidas por la Junta de Extremadura
para la ejecución de proyectos objeto de financiación por estar incluidos dentro del
ámbito del PRTR quedan legalmente afectados a financiar el presente proyecto, con la
correlativa obligación del reintegro total o parcial de dichas aportaciones en caso de no
realizarse el gasto o en caso de incumplimiento total o parcial de los objetivos previstos.
2. El proyecto a realizar será el recogido en el anexo I y se ejecutará para la
consecución del fin común que se pretende. La Junta de Extremadura deberá reportar la
información y documentación prevista como mecanismo de verificación recogidas en las
Disposiciones operativas del Plan de Recuperación (OA). Por tanto, la Junta de
Extremadura se compromete a la adquisición del equipamiento necesario y el resto de
las actuaciones necesarias para la puesta en marcha del centro destinado a la atención
de personas con ELA.
3. Será responsabilidad de la Junta de Extremadura el seguimiento de la ejecución
del coste estimado a través del seguimiento de la ejecución contable de los gastos
imputados a proyectos o iniciativas del PRTR. Asimismo, será responsable de la
fiabilidad y seguimiento de estos indicadores, de manera que pueda conocerse en todo
momento el nivel de consecución de los hitos y de los objetivos.
4. Si la Junta de Extremadura, en ejecución del presente convenio, debiera otorgar
financiación a destinarios finales, públicos o privados, establecerá mecanismos que
aseguren que las medidas a desarrollar por estos últimos contribuyen al logro de los
objetivos previstos y que aportan la información que, en su caso, fuera necesaria para
determinar el valor de los indicadores. La financiación a terceros se vinculará al logro de
los objetivos que se persiguen.
5. Asegurar la adopción de medidas dirigidas a prevenir, detectar, comunicar y
corregir el fraude y la corrupción, y prevenir el conflicto de interés y la doble financiación.
Se deberán atener a las obligaciones relativas a la prevención de conflictos de intereses,
del fraude, de la corrupción y de la doble financiación, previstas en el Reglamento (UE)
2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que
se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. En especial, tomarán las
medidas para asegurar que no exista conflicto de interés en el ámbito del órgano
responsable de las licitaciones y los adjudicatarios finales de los mismos, aplicando la
normativa reguladora de los conflictos de interés en caso de detectarlos. A tal efecto, la
Junta de Extremadura deberá disponer de un «Plan de medidas antifraude» que le
permita garantizar y declarar que, en su respectivo ámbito de actuación, los fondos

cve: BOE-A-2024-1678
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Núm. 25