I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS. Presupuestos. (BOE-A-2024-1569)
Ley 12/2023, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 25

Lunes 29 de enero de 2024

Sec. I. Pág. 10432

Esta aprobación comporta también, con relación a las necesidades de ampliación y
mejora de las conexiones de la parcela a los sistemas generales, la declaración de
utilidad pública o interés social a los efectos previstos en la normativa sobre expropiación
forzosa.
Disposición adicional octava. Régimen específico para el año 2024 de los gastos para
compensar los costes de capitalidad de Palma.
En el ejercicio de 2024 los gastos destinados a compensar los costes de capitalidad
de Palma a que se refiere la letra a) del artículo 142 de la Ley 23/2006, de 20 de
diciembre, de capitalidad de Palma, pueden incluir la financiación de gasto corriente, de
conformidad con los acuerdos que, respecto a esta cláusula de garantía, se adopten en
el Consejo de Capitalidad.
De acuerdo con ello, en el ejercicio de 2024 no es de aplicación el umbral mínimo
del 16 % de gastos de inversión territorializada en el municipio de Palma, con cargo al
presupuesto de la comunidad autónoma de las Illes Balears, a que se refiere la letra b)
del citado artículo 142.
Disposición adicional novena. Régimen específico para la selección de funcionarios
docentes interinos en determinadas especialidades.
A partir del curso 2024-2025, las convocatorias anuales para seleccionar aspirantes
a funcionarios docentes interinos establecerán las previsiones necesarias para garantizar
el cumplimiento del acuerdo número 8, inciso final, del Acuerdo sobre medidas
sociolaborales y de mejoras educativas de 27 de febrero de 2023, ratificado por el
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 27 de marzo de 2023, de manera que el personal
docente a que se refiere el acuerdo sea admitido en las bolsas de aspirantes a
funcionarios docentes interinos en condiciones de igualdad en el momento de aplicarles
el baremo de méritos de cada convocatoria, exclusivamente en las siguientes
especialidades docentes:
a)
b)
c)
d)
e)
f)
g)
h)

Instalación y mantenimiento de equipamientos térmicos y fluidos.
Instalaciones electrotécnicas.
Mecanizado y mantenimiento de máquinas.
Oficina de proyectos de construcción.
Operaciones de producción agraria.
Procedimientos sanitarios y asistenciales.
Procesos de gestión administrativa.
Sistemas y aplicaciones informáticas.

En el marco de lo que dispone el artículo 8.1 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, la
Agencia Tributaria de las Illes Balears tiene la obligación de ceder, a instancia de los
consejos insulares o de acuerdo con los mecanismos de colaboración que se acuerden a
tal efecto, los datos que estén a su alcance susceptibles de coadyuvar en el ejercicio de
las competencias y las funciones de los consejos insulares o de sus entidades
instrumentales dependientes, en relación con la lucha contra la comercialización ilegal de
estancias turísticas en viviendas y con la persecución de las infracciones y la imposición
de las sanciones que regula la Ley 8/2012, de 19 de julio, del turismo de las Illes Balears,
siempre que se trate de datos que no constituyan, por sí mismos, datos de carácter
estrictamente tributario al efecto del artículo 95 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre,
general tributaria.

cve: BOE-A-2024-1569
Verificable en https://www.boe.es

Disposición adicional décima. Cesión de datos para la aplicación de la Ley 8/2012,
de 19 de julio, del turismo de las Illes Balears.