III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Seguros agrarios combinados. (BOE-A-2024-1551)
Orden APA/46/2024, de 23 de enero, por la que se definen los bienes y los rendimientos asegurables, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, el ámbito de aplicación, los periodos de garantía, las fechas de suscripción y los precios unitarios en relación con el seguro de explotaciones de multicultivo de hortalizas, comprendido en el correspondiente Plan de Seguros Agrarios Combinados.
20 páginas totales
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 24

Sábado 27 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 10290

ANEXO III
Características mínimas de las instalaciones
III.1 Características generales
Los materiales utilizados, tales como postes, alambres, cables, etc., deberán tener el
grosor adecuado y estar en buenas condiciones de uso. Además, los metálicos deben
permanecer sin herrumbres que afecten a la sección. En todo momento la sección libre
de corrosión debe ser superior al 70 % de la sección total de cada elemento.
Dependiendo del material de los postes que forman parte de la estructura, deben
cumplir:
Los de madera, deben estar tratados y descortezados, sin hendiduras o rajados y sin
pudriciones.
Los de hormigón, deberán ser pretensados, no admitiéndose aquellos que presenten
grietas, a fin de evitar la oxidación de la estructura metálica interna de los mismos.
Los metálicos serán galvanizados.
El diseño, los materiales utilizados y el estado de conservación, deberán garantizar la
adecuada sujeción y estabilidad de la estructura en su conjunto.
El asegurado deberá mantener en buen estado de conservación los distintos
materiales que componen la instalación, realizando los trabajos de manutención
necesarios para evitar la agravación del riesgo (vientos tensados, recambios de
alambres y tubos, etc.).
Para que las instalaciones que hayan superado la edad especificada anteriormente
puedan ser asegurables, será necesario aportar una certificación emitida por un técnico
independiente y visado por el colegio profesional correspondiente, en el que se indique
que aun habiendo superado dicha edad, cumple las características mínimas establecidas
en este anexo.
Esta certificación tendrá una validez de dos años.
Si se hubiera incluido en la declaración de seguro alguna instalación que haya
superado la edad asegurable, y no se hubiera remitido la certificación técnica indicada,
AGROSEGURO comunicará al tomador o asegurado por escrito esta circunstancia,
dando un plazo de quince días para que se reciba en AGROSEGURO dicho certificado.
A partir de este plazo, si no se ha recibido la certificación, AGROSEGURO procederá a
excluir las instalaciones de la declaración de seguro y a devolver la prima integra de las
mismas.
III.2

Características específicas

Cortavientos.
Serán asegurables únicamente los cortavientos de tela plástica y mixta de hasta 10
años de edad, y los cortavientos de obra de hasta 20 años de edad, que tengan una
altura mínima de dos veces la del cultivo que protege, y que cumplan los siguientes
requisitos:

Los postes deberán estar clavados al suelo al menos 150 cm, y no superar una
distancia entre ellos de 6 metros, pudiendo tener una altura variable entre 4 y 8 metros.
Cuando supere los 4 metros deberán estar atirantados en sentido contrario al viento
dominante.
La tela plástica, deberá tener una permeabilidad aerodinámica de al menos el 30 %,
y con ojales suficientes para poder colocar el alambre de sujeción.
Para evitar el pandeo de la tela, dispondrá de un cable o alambre, cada metro de
altura en el lado opuesto al del viento dominante.

cve: BOE-A-2024-1551
Verificable en https://www.boe.es

Para cortavientos de tela plástica: