III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Convenios. (BOE-A-2024-1510)
Resolución de 17 de enero de 2024, del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, por la que se publica el Convenio con Visual Entidad de Gestión de Artistas Plásticos, para la gestión y obtención de las autorizaciones en materia de propiedad intelectual en relación con obras de los autores del repertorio de la entidad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 23

Viernes 26 de enero de 2024

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disposición de las obras de los autores del repertorio de VEGAP a favor de los usuarios
de la MNCARS mediante red cerrada e interna se encuentra incluida en la remuneración
establecida en el apartado primero de la presente cláusula sin que pueda ser objeto de
un cargo específico y adicional.
Decimocuarta.

Copyright.

14.1 De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 146 de la vigente Ley de Propiedad
Intelectual, el MNCARS se obliga a incorporar en todas las reproducciones que se
efectúen sobre las obras protegidas del repertorio de VEGAP el siguiente texto:
© Nombre del Autor, VEGAP, lugar y año en que se efectúe la reproducción.
14.2 Lo dispuesto en el apartado precedente no será de aplicación en aquellos
casos en que el autor o el titular de los derechos de propiedad intelectual haya dado
indicaciones expresas a VEGAP sobre el concreto texto que deba incorporarse en las
reproducciones que se efectúen sobre sus obras. En estos últimos supuestos, el
MNCARS se obliga a incorporar el texto que VEGAP le indique en el momento en que,
de conformidad con el procedimiento previsto en el presente convenio, autorice la
utilización de la obra del autor de que se trate.
Decimoquinta.

Compromiso de no existencia de renuncias.

El MNCARS, atendiendo a lo dispuesto en la vigente Ley de Propiedad Intelectual y
en virtud del convenio que ahora suscribe, se compromete a no condicionar la
adquisición de las obras de los autores del repertorio de VEGAP que van a formar parte
de su colección a que se cedan los derechos que corresponden al autor por la
explotación de las mismas, así como a no exigir la renuncia a sus derechos de autor a
los creadores visuales del repertorio de VEGAP con quienes desarrollan sus actividades.
Este compromiso se adquiere dada la voluntad del MNCARS de contribuir con VEGAP a
la defensa de los derechos de autor de los creadores visuales.
Decimosexta. Protección de datos de carácter personal.
16.1 En el tratamiento de datos personales que se realice con la finalidad de
suscribir y ejecutar el convenio, ambas partes adecuarán sus actuaciones al Reglamento
(UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a
la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos
personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la
Directiva 95/46/CE, y a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de
Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
16.2 Los datos de carácter personal de los firmantes del convenio serán tratados
por el MNCARS e incorporados a la correspondiente actividad de tratamiento, cuya base
legal es la suscripción y ejecución del convenio.
Responsable del tratamiento:

● Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, con domicilio en la calle Santa
Isabel, 52, 28012 Madrid.
– En el caso de VEGAP:
● Visual Entidad de Gestión de Artistas Plásticos, con domicilio en la calle Núñez de
Balboa, 25, 28001 Madrid.
Delegado de Protección de Datos: el delegado de Protección de Datos es una figura
legalmente prevista cuyas funciones principales son las de informar y asesorar a la

cve: BOE-A-2024-1510
Verificable en https://www.boe.es

– En el caso del MNCARS: