III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-1435)
Resolución de 19 de enero de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Centro Universitario de Formación de la Policía Nacional, O.A., y la Universidad de Alcalá de Henares, para la adscripción del centro universitario a la universidad.
10 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 22
Jueves 25 de enero de 2024
Sec. III. Pág. 9571
matrículas de los estudiantes en las enseñanzas recogidas en la cláusula undécima, en
la cuantía correspondiente según lo estipulado en la cláusula octava, así como los
importes de los precios por gestión de expediente y gastos de secretaría que, a tenor de
lo establecido en la normativa por la que se establecen los precios públicos por estudios
universitarios conducentes a títulos oficiales y servicios de naturaleza académica en las
universidades públicas de la Comunidad de Madrid, fueran de aplicación.
2. El Centro Universitario financiará el gasto anual de la aplicación del convenio en
cada uno de los años de su vigencia con cargo a su presupuesto de gastos, aplicación
presupuestaria 16.103.131N.226.99, con arreglo a la siguiente previsión:
Estimación de costes académicos anuales asociados al convenio:
Coste de servicios generales
Tipo de enseñanza
Porcentaje
Matrícula(1)
–
Euros
Créditos
100 %
–
Euros
45,02
60
2.701,20
Máster.
(1)
Artículo 4.1 del Decreto 43/2022, de 29 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen
los precios públicos por estudios universitarios conducentes a títulos oficiales y servicios de naturaleza
académica en las Universidades públicas de la Comunidad de Madrid (BOCM núm. 155, de 1 de julio): «El
importe de los precios públicos por crédito para las restantes enseñanzas universitarias de Máster será
de 45,02 euros en primera matrícula, de 71,88 euros en segunda matrícula y de 84,07 euros en la tercera y
sucesivas matrículas, con la excepción de los másteres con precios singularizados que se recogen en el
anexo IV».
Para la estimación de costes se ha tenido en cuenta el importe de la primera
matrícula.
Coste total de servicios complementarios
Apertura de expediente(2).
Importe
–
Euros
27,54
Gastos de Secretaría .
6,11
(3)
Total.
(2)
(3)
33,65
Apartado 3.2.1, anexo V, del Decreto 43/2022, de 29 de junio.
Apartado 3.2.2, anexo V, del Decreto 43/2022, de 29 de junio.
Edición Máster
Núm.
alumnos
Matrícula
–
Euros
Servicios complementarios
–
Euros
Total
–
Euros
Cada año de vigencia del convenio.
25
67.530,00
841,25
68.371,25
3. De la ejecución del presente convenio no se derivan gastos para la Universidad
de Alcalá.
Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman el presente convenio, en
dos ejemplares originales, igualmente válidos, en el lugar y fechas arriba indicadas.–El
Presidente del Centro Universitario de Formación de la Policía Nacional, Francisco Pardo
Piqueras.–El Rector de la Universidad de Alcalá, José Vicente Saz Pérez.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2024-1435
Verificable en https://www.boe.es
Resumen de importes anuales totales
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matrículas de los estudiantes en las enseñanzas recogidas en la cláusula undécima, en
la cuantía correspondiente según lo estipulado en la cláusula octava, así como los
importes de los precios por gestión de expediente y gastos de secretaría que, a tenor de
lo establecido en la normativa por la que se establecen los precios públicos por estudios
universitarios conducentes a títulos oficiales y servicios de naturaleza académica en las
universidades públicas de la Comunidad de Madrid, fueran de aplicación.
2. El Centro Universitario financiará el gasto anual de la aplicación del convenio en
cada uno de los años de su vigencia con cargo a su presupuesto de gastos, aplicación
presupuestaria 16.103.131N.226.99, con arreglo a la siguiente previsión:
Estimación de costes académicos anuales asociados al convenio:
Coste de servicios generales
Tipo de enseñanza
Porcentaje
Matrícula(1)
–
Euros
Créditos
100 %
–
Euros
45,02
60
2.701,20
Máster.
(1)
Artículo 4.1 del Decreto 43/2022, de 29 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen
los precios públicos por estudios universitarios conducentes a títulos oficiales y servicios de naturaleza
académica en las Universidades públicas de la Comunidad de Madrid (BOCM núm. 155, de 1 de julio): «El
importe de los precios públicos por crédito para las restantes enseñanzas universitarias de Máster será
de 45,02 euros en primera matrícula, de 71,88 euros en segunda matrícula y de 84,07 euros en la tercera y
sucesivas matrículas, con la excepción de los másteres con precios singularizados que se recogen en el
anexo IV».
Para la estimación de costes se ha tenido en cuenta el importe de la primera
matrícula.
Coste total de servicios complementarios
Apertura de expediente(2).
Importe
–
Euros
27,54
Gastos de Secretaría .
6,11
(3)
Total.
(2)
(3)
33,65
Apartado 3.2.1, anexo V, del Decreto 43/2022, de 29 de junio.
Apartado 3.2.2, anexo V, del Decreto 43/2022, de 29 de junio.
Edición Máster
Núm.
alumnos
Matrícula
–
Euros
Servicios complementarios
–
Euros
Total
–
Euros
Cada año de vigencia del convenio.
25
67.530,00
841,25
68.371,25
3. De la ejecución del presente convenio no se derivan gastos para la Universidad
de Alcalá.
Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman el presente convenio, en
dos ejemplares originales, igualmente válidos, en el lugar y fechas arriba indicadas.–El
Presidente del Centro Universitario de Formación de la Policía Nacional, Francisco Pardo
Piqueras.–El Rector de la Universidad de Alcalá, José Vicente Saz Pérez.
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