II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA. Personal laboral. (BOE-A-2024-1389)
Resolución de 19 de enero de 2024, del Consorcio de la Zona Especial Canaria, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, de plazas de Técnico Superior y de Grado Medio.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 22

Jueves 25 de enero de 2024

Sec. II.B. Pág. 9490

5.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede
en la oficina de Las Palmas de Gran Canaria del Consorcio de la Zona Especial Canaria,
y en la dirección de correo electrónico convocatorias@canariaszec.com, debiéndose
indicar en las comunicaciones dirigidas al mismo la referencia de la plaza
correspondiente señalada en el anexo I.
Desarrollo del proceso selectivo

6.1 Toda la información que afecte a la presente convocatoria y al desarrollo de los
procesos selectivos se publicará en los tablones de anuncios de las oficinas del
Consorcio en Santa Cruz de Tenerife y en Las Palmas de Gran Canaria y, asimismo,
estará disponible en la sección Empleo público de la página web https://
canariaszec.gob.es, en el Punto de Acceso General http://administracion.gob.es y en el
Portal Funciona, https://sede.funciona.gob.es/public/servicios. En los mismos puntos se
publicará un cronograma orientativo del proceso selectivo, que garantizará que la prueba
de la fase de oposición tenga lugar dentro del plazo de tres meses desde la publicación
de la convocatoria. La información relativa a los aspirantes se publicará de forma
pseudoanonimizada conforme a los criterios establecidos por la Agencia Española de
Protección de Datos.
6.2 El orden de actuación de las personas aspirantes en la fase de oposición se
iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «W», según lo establecido en la
Resolución de 27 de julio de 2023, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la
que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso
del Personal al Servicio de la Administración del Estado («Boletín Oficial del Estado»
núm. 180, de 27 de julio de 2023.
6.3 Las personas aspirantes serán convocadas a cada uno de los ejercicios en
llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan.
6.4 En el caso de plazas de idéntica categoría convocadas en ambas oficinas, el
Tribunal convocará llamamientos en ambas capitales, que se realizará con el mismo
cuestionario y a la misma hora. En cada una de las ubicaciones de las pruebas deberá
haber al menos una de las personas miembros del Tribunal, y podrá convocarse a los
suplentes para apoyar la vigilancia y desarrollo de la prueba.
6.5 Concluido cada uno de los ejercicios de la oposición, el Tribunal hará pública,
en la forma descrita en la base 1.4 anterior, y con carácter provisional, la relación de
aspirantes que hayan alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con indicación de
la puntuación obtenida. En el mismo acto se dará un plazo de cinco días hábiles para
presentar alegaciones. Transcurrido dicho plazo, se elevará la lista provisional a
definitiva o, si hubiera modificaciones, se publicará la lista definitiva incluyendo las
mismas. En el mismo lugar se harán públicas la fecha, lugar y hora del siguiente
ejercicio, con veinticuatro horas de antelación al menos a la señalada para su inicio.
6.6 El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso selectivo, la
acreditación de la identidad de las y los aspirantes. Asimismo, si tuviera conocimiento de
que alguna persona aspirante no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la
convocatoria, previa audiencia al interesado, deberá proponer su exclusión a la autoridad
convocante.
6.7 Si a causa de una situación debidamente acreditada de embarazo de riesgo o
de parto, alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo en
cualquiera de sus fases o realizar algún ejercicio del mismo, su situación quedará
condicionada a la finalización del proceso y a la superación de las fases que hubieran
quedado aplazadas. La realización de estas pruebas no podrá conllevar una demora que
menoscabe el derecho del resto de las personas aspirantes a una resolución del proceso
ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el tribunal. En todo caso,
la realización de las citadas pruebas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de
aspirantes que han superado el proceso selectivo.

cve: BOE-A-2024-1389
Verificable en https://www.boe.es

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