I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA. Presupuestos. (BOE-A-2024-1372)
Ley 2/2023, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2024.
43 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 22

Jueves 25 de enero de 2024

Organismos autónomos y entidades autonómicas

Sec. I. Pág. 9296

Euros

CENTRO DE INVESTIGACIÓN DEL MEDIO AMBIENTE.

2.972.059

INSTITUTO CÁNTABRO DE ESTADÍSTICA.

1.164.934

INSTITUTO CÁNTABRO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO.

3.899.295

AGENCIA CÁNTABRA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA.

14.221.438

Tres. Se aprueban los presupuestos de las entidades del Sector Público
Institucional y resto de Entes de derecho público del Sector Público de la Comunidad
Autónoma de Cantabria, que recogen sus estimaciones de gastos y previsiones de
ingresos.
Cuatro. Como resultado de las consignaciones de créditos que se han detallado en
los apartados anteriores, el Presupuesto consolidado para el año 2024 de la Comunidad
Autónoma de Cantabria asciende a tres mil quinientos cuarenta y siete millones
seiscientos sesenta y siete mil ochocientos cincuenta y dos euros (3.547.667.852 €).
Artículo 3. Financiación de los créditos iniciales.
Los créditos aprobados en el estado de gastos de los presentes Presupuestos
Generales se financiarán:
a) Con los recursos económicos de origen tributario y de Derecho público que se
prevén liquidar durante el ejercicio, comprensivos de los tres primeros capítulos del
Presupuesto de Ingresos (impuestos directos y cotizaciones sociales, impuestos
indirectos y tasas, precios públicos y otros ingresos).
b) Con los ingresos no fiscales a liquidar durante el ejercicio, que comprenden los
Capítulos IV a VII del Presupuesto de Ingresos (transferencias corrientes, ingresos
patrimoniales, enajenación de inversiones reales y transferencias de capital).
c) Con los recursos detallados en el Capítulo VIII del Presupuesto de Ingresos.
d) Con el producto del endeudamiento, cuya previsión inicial se contempla en el
Capítulo IX del Presupuesto de Ingresos, por importe de trescientos ochenta y dos
millones trescientos mil ciento noventa y seis euros (382.300.196 €).
CAPÍTULO II
Beneficios fiscales
Artículo 4.

De los beneficios fiscales.

Los beneficios fiscales que afectan a los tributos de la Comunidad Autónoma de
Cantabria, tanto propios como cedidos, se estiman en ochocientos cincuenta y dos
millones setecientos noventa y nueve mil trescientos sesenta euros (852.799.360 €).
TÍTULO II

CAPÍTULO I
Normas generales de la gestión
Artículo 5. No disponibilidad de créditos.
Con independencia de la suspensión de las reglas fiscales, con objeto de llevar a
cabo una gestión basada en el principio de responsabilidad en el gasto público, se
autoriza a la persona titular de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos

cve: BOE-A-2024-1372
Verificable en https://www.boe.es

De la gestión presupuestaria de los gastos