I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA. Presupuestos. (BOE-A-2024-1372)
Ley 2/2023, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 25 de enero de 2024

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y docente, con el objetivo así mismo, de continuar reduciendo la deuda pública existente,
en sintonía con las líneas maestras de las reglas fiscales impuestas por las instituciones
de la Unión Europea.
Este compromiso en defensa del Estado de Bienestar y la modernización de la
economía se hacen más necesarios, si cabe, ante el actual contexto de incertidumbre
derivado de la existencia de conflictos bélicos como el de Ucrania o en Oriente Próximo,
que acarrean consecuencias económicas y sociales, con especial incidencia en los
precios de la energía y de los alimentos, incidiendo igualmente en el abastecimiento de
determinadas materias primas. Así, además de dotar de mayores recursos a servicios
públicos esenciales –Salud, Educación, Servicios Sociales, Empleo y Vivienda– y ampliar
la red de apoyo y protección a las familias, pymes y autónomos, el proyecto de
Presupuestos incorpora en la Ley de Medidas Fiscales y Administrativas una reforma
fiscal dirigida a beneficiar a quienes precisan del apoyo público para afrontar con
garantías el alza de precios –rentas medias y bajas–, así como una prórroga de la
bonificación de 49 tasas y tarifas de la que se beneficia el sector empresarial.
Todo ello, sin olvidar la necesaria sostenibilidad de las cuentas públicas y la
continuidad para seguir afrontando desafíos que para este Gobierno son fundamentales,
como la lucha contra la despoblación y el cambio climático; el impulso a la industria, el
turismo, la ciencia y la innovación, la racionalización del sector público institucional o la
modernización de la administración y la reducción de cargas administrativas, desafíos
que cuentan igualmente con dotación presupuestaria.
Cabe destacar que los Presupuestos de 2024 contemplan una importante
financiación para continuar la ejecución con éxito de proyectos considerados
estratégicos para la Comunidad Autónoma, como son el nuevo desarrollo industrial y
espacio logístico del Llano de la Pasiega y la nueva sede del Museo de Arqueología y
Prehistoria de Cantabria (MUPAC). Del mismo modo, recoge las inversiones previstas en
el marco definido por el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, que
ascienden a más de 150 millones de euros en el programa presupuestario 140A.
En suma, el presupuesto del próximo año prevé reforzar el Estado de Bienestar,
garantizar la calidad de los servicios públicos básicos y ayudar al tejido empresarial a ser
más competitivo, consolidando la recuperación económica anotada por la Comunidad
Autónoma durante el ejercicio 2024.
III
El articulado de la Ley comprende seis títulos, con sus respectivos capítulos, treinta y
nueve artículos, once disposiciones adicionales, una disposición transitoria, una
disposición derogatoria y dos disposiciones finales, así como dos anexos.
La parte esencial de la Ley de Presupuestos se recoge en el título I, Capítulo I, en el
que se aprueban las cuantías totales de los estados de gastos e ingresos del Sector
Público de la Comunidad Autónoma, indicando su distribución por políticas de gasto. En
el capítulo II, se consigna el importe de los beneficios fiscales que afectan a los tributos,
tanto propios como cedidos, de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
El Título II de la Ley de Presupuestos, relativo a la Gestión Presupuestaria, se
estructura en tres Capítulos. En su Capítulo I regula la no disponibilidad de los créditos,
el carácter limitativo de los mismos, los créditos ampliables y los Fondos de
Compensación Interterritorial. El Capítulo II se dedica a regular las normas específicas
de la gestión de los presupuestos docentes y los costes de personal de la Universidad de
Cantabria. Por último, regula en su Capítulo III, el régimen de presupuestación y
contabilidad de los consorcios de la Comunidad Autónoma de Cantabria con otras
Administraciones Públicas y las compensaciones y deducciones de deudas de entidades
de derecho público.
En el Título III, se hace referencia a las operaciones de endeudamiento de la
Administración General, estableciendo el límite de incremento sobre el saldo de la

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