V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS. (BOE-B-2024-2370)
Resolución de la Dirección General de Energía por la que se concede la autorización administrativa y declaración, en concreto, de utilidad pública, de las instalaciones eléctricas de alta tensión denominadas "Línea de aérea-subterránea de transporte de energía eléctrica a 66 kV, doble circuito, de entrada/salida en la subestación San Isidro desde la línea Granadilla-Arona" con número de expediente SE-23/001.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 24 de enero de 2024

Sec. V-B. Pág. 3603

competencias para la declaración en concreto de utilidad pública de las
instalaciones energéticas a efectos de expropiación forzosa de los bienes y
derechos necesarios para su establecimiento, de la urgente ocupación de los
mismos, y de la imposición y ejercicio de la servidumbre de paso.
Propuesta de resolución
Primero.- Otorgar la autorización administrativa de las instalación
contempladas en los proyectos denominados "Línea Aérea-Subterránea de
transporte de energía eléctrica a 66 kV, doble circuito, Entrada y Salida en
subestación San Isidro, línea Granadilla-Arona", término municipal de Granadilla
de Abona, Isla de Tenerife, con número de visado TF3027/2023, de fecha 4 de
mayo de 2023 por el Colegio Oficial de Graduados e Ingenieros Técnicos
Industriales de Sevilla (COGITISE), asignándose el número de expediente SE-23/
001, de conformidad con lo establecido en el artículo 11 del Reglamento por el que
se regulan los procedimientos administrativos relativos a la ejecución y puesta en
servicio de las instalaciones eléctricas en Canarias, aprobado por el Decreto 141/
2009, de 10 de noviembre, y resto de normativa de aplicación.
Segundo.- Declarar de Utilidad Pública las instalaciones contempladas en los
documentos de proyecto anteriormente indicados, de conformidad con lo
establecido en los artículos 55 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, y 148 del
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. En el Anexo de la presente resolución
se relacionan los bienes y titulares afectados por la declaración, en concreto, de
utilidad pública, a los efectos previstos en los artículos 56 de la Ley 24/2013, de 26
de diciembre, y 149 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Tercero.- El plazo máximo para presentar la solicitud de puesta en servicio de
las instalaciones será de 18 meses, contados a partir de la notificación de la
presente resolución. Dicha solicitud se ajustará a los términos previstos en el
artículo 14 del Reglamento aprobado por el Decreto 141/2009, de 10 de
noviembre.
Cuarto.- La ejecución de las instalaciones se ajustará estrictamente al proyecto
identificado en la presente resolución, debiendo ajustarse a lo establecido en el
Reglamento aprobado por el Decreto 141/2009, de 10 de noviembre. Cualquier
modificación sustancial de las características de la instalación autorizada exigirá
nueva resolución de autorización administrativa, de acuerdo con lo establecido en
el artículo 45.5 de dicho Reglamento.
Quinto.- Las obras se ejecutarán de conformidad con los condicionados
emitidos por los organismos afectados.
Sexto.- La instalación deberá ser ejecutada por instalador o empresa
instaladora en alta tensión.
Séptimo.- Durante el desarrollo y ejecución de las instalaciones, se deberá
cumplir lo establecido en el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que
se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de
construcción.
Octavo.- Esta autorización se concede con los efectos previstos en el artículo
6-bis de la Ley 11/1997, de 2 de diciembre, de Regulación del Sector Eléctrico
Canario y sin perjuicio de la obtención de cualquier otra autorización o intervención
exigible por la legislación vigente, cuyo otorgamiento competa a otras

cve: BOE-B-2024-2370
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Núm. 21