III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2024-1359)
Resolución de 16 de enero de 2024, de la Agencia Estatal de Meteorología, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Valladolid, para la realización de prácticas académicas externas.
8 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 21

Miércoles 24 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 9214

3. Cada estudiante deberá cumplir las normas de régimen interno de AEMET y
seguir las indicaciones de la persona que ostente su tutoría designada por AEMET. El
estudiante se compromete a cumplir con las normas vigentes de Seguridad e Higiene en
el trabajo.
4. El estudiante deberá aplicarse con diligencia a las tareas que se le encomienden,
de las cuales guardarán secreto y deber de confidencialidad durante su estancia y una
vez finalizada esta. El estudiante se compromete a no difundir las informaciones de
cualquier índole a las que haya podido tener acceso en el desarrollo de dichas prácticas
ni durante el desarrollo de las mismas ni tras su finalización.
5. En caso de ausencia será necesario comunicarlo y justificarlo a la Universidad, el
cual dará traslado al tutor en AEMET.
6. El periodo de realización de prácticas podrá ser suspendido por enfermedad o
cualquier otra causa grave, siempre que sea suficientemente acreditada por el
estudiante. En dichos supuestos, AEMET lo pondrá en conocimiento de la Universidad, a
través del tutor académico, a los efectos de adoptar las medidas pertinentes.
7. No existe derecho a vacaciones al no concurrir relación laboral. No obstante, si la
duración de las prácticas fuera superior a 6 meses, el estudiante tendrá derecho al
menos a 7 días naturales de interrupción de prácticas.
Sexta.

Propiedad industrial e intelectual.

Si alguna de las partes firmantes de este convenio o los estudiantes desearan utilizar
los resultados parciales o finales de su actividad en AEMET, en parte o en su totalidad
deberá solicitar la conformidad de la otra parte por escrito. No podrán utilizarse los
resultados parciales o finales de la actividad en AEMET sin la conformidad por escrito de
ambas partes.
Los derechos de propiedad industrial registrables que se puedan derivar de los
resultados de la práctica llevada a cabo por cada estudiante corresponderán a AEMET.
En lo referente a la propiedad intelectual, se respetará siempre el reconocimiento de la
autoría del trabajo por cada estudiante.
Séptima. Financiación.

Octava. Vigencia, duración y prórroga del convenio.
El presente convenio entrará en vigor el día de su inscripción en el Registro
Electrónico de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal
(REOICO), momento en el que el convenio deviene eficaz, y por tanto cuando sus
obligaciones se convierten en exigibles.
Se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y tendrá una duración de cuatro años.
En cualquier momento antes de la finalización del plazo previsto, los firmantes podrán
acordar unánimemente, mediante la correspondiente adenda, su prórroga por un periodo

cve: BOE-A-2024-1359
Verificable en https://www.boe.es

Mediante el presente convenio para el buen desarrollo de las prácticas curriculares,
ninguna de las partes intervinientes asumirá obligación o compromiso de carácter
económico. La colaboración sujeta a este convenio tiene la consideración de programa
de formación o realización de prácticas no laborales y académicas, de carácter no
remunerado.
Atendiendo a lo previsto en el apartado 4.º, letra b) de la disposición adicional
quincuagésima segunda del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el
que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, relativa a la
inclusión en el sistema de Seguridad Social de alumnos que realicen prácticas formativas
o prácticas académicas externas incluidas en programas de formación, se acuerda que
corresponderá a la Universidad de Valladolid el cumplimiento de las obligaciones en
materia de Seguridad Social para los alumnos que realicen prácticas académicas
externas en AEMET reguladas por el convenio.