I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO Y AGENDA 2030. Subvenciones. (BOE-A-2024-1309)
Real Decreto 93/2024, de 23 de enero, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la entidad social Cruz Roja Española para la puesta en marcha durante el año 2024 del Programa del Fondo Social Europeo Plus de Asistencia Material Básica (Programa BÁSICO).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 24 de enero de 2024

Sec. I. Pág. 9081

necesidades básicas de alimentación e higiene, máxime cuando existen niños, niñas y
adolescentes que necesitan cubrirlas para su adecuado desarrollo. Por tanto, es
imprescindible arbitrar con carácter urgente un procedimiento transitorio que permitiera
continuar con la asistencia material básica, cumpliendo con lo establecido en el
Programa BÁSICO, hasta que pueda ponerse en marcha el nuevo modelo pactado en el
Consejo Territorial de los pasados 15 de diciembre de 2021 y 7 de abril de 2022.
Al tratarse de una actuación de extraordinaria y urgente necesidad, encaminada a
garantizar la continuación en la prestación del servicio de asistencia material básica
entre las personas beneficiarias cumpliendo los requisitos establecidos en el Programa
BÁSICO (familias con menores a cargo que se encuentren por debajo del umbral de
pobreza severa, en particular, familias con menores a cargo que viven en hogares cuyos
ingresos por unidad de consumo son inferiores al 40 % de la renta mediana nacional), es
imprescindible contar con las entidades especializadas que tengan capacidad de gestión
para poner a disposición de las familias, de forma inmediata, las tarjetas o vales
canjeables para que éstas realicen sus compras, que tengan capilaridad en todo el
Estado español, que tengan capacidad de controlar que los productos adquiridos están
incluidos en el listado de productos del Programa BÁSICO (productos de alimentación y
otros productos de «asistencia material básica» según la definición del artículo 2 del
Reglamento (UE) 2021/1057 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio
de 2021, como artículos de higiene tales como jabón, champú y pasta de dientes, así
como de higiene femenina menstrual y pañales infantiles) y que puedan poner en
marcha el sistema transitorio con la máxima celeridad posible, pero garantizando la
seguridad en el empleo y destino de los fondos y la igualdad en el acceso de todas las
personas en todo el territorio nacional.
Para este fin, se han llevado a cabo reuniones con varias entidades sociales que,
tras consulta con la Plataforma del Tercer Sector, pudieran, en principio, ser capaces de
asumir esta tarea, garantizar que ésta se realizara con eficacia y que la prestación pueda
iniciarse en el mes de abril de 2024, siendo uno de los requisitos determinantes para su
elección el hecho de que esa entidad contara con capacidad suficiente para llevar a cabo
la actuación de forma simultánea en todo el territorio nacional, sin generar
desigualdades, y que fuera capaz de asegurar un sistema de comprobación en caja de
los productos de compra, garantizando que están incluidos en el Programa BÁSICO,
cumpliendo de esta forma con los requisitos que se establecen en el programa acordado
con la Comisión Europea.
Dado el corto plazo disponible para poner en marcha este sistema transitorio (antes
del mes de abril de 2024, momento en que finaliza el reparto de alimentación con cargo
al programa anterior y en el que ha de estar garantizado el funcionamiento del nuevo
programa para dar continuidad a las ayudas), las exigencias de control de productos in
situ y la necesidad de garantizar que la asistencia sea prestada en igualdad de
condiciones en todo el territorio, se hace prácticamente imposible la concesión mediante
convocatoria pública a través de un proceso de concurrencia competitiva entre entidades
del tercer sector. Tras el proceso de consulta se ha constatado que la gran mayoría de
entidades, o bien no cuentan con estos sistemas de garantía de control o bien no tienen
implantación en todo el territorio nacional ni capacidad, recursos y estructura suficiente
para garantizar el cumplimiento de los requisitos establecidos por el Programa BÁSICO.
Por tanto, analizadas todas las opciones posibles, se ha constatado que únicamente
la entidad Cruz Roja Española puede asegurar la puesta en marcha de esta primera fase
transitoria de implementación del Programa BÁSICO en todo el territorio nacional para el
año 2024 sin interrupción con respecto al programa FEAD anterior, y puede asegurar el
sistema de comprobación en caja de los productos que entran dentro del Programa
BÁSICO.
A estos efectos, se ha presentado a la Comisión Europea una modificación del
Programa BÁSICO que establece que en una primera etapa de implementación la
contratación y entrega de las tarjetas o vales canjeables la puedan realizar entidades del

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Núm. 21