I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Política Agrícola Común. (BOE-A-2024-1308)
Real Decreto 92/2024, de 23 de enero, por el que se modifican diversos reales decretos relativos al sector de frutas y hortalizas, vitivinicultura y apicultura, y a la regulación de diferentes aspectos del ejercicio de la actividad agraria y de la gestión de la Política Agrícola Común.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 24 de enero de 2024

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restringido a precisiones menores y de carácter estrictamente técnico, en ocasiones
incluso de meras cuantías o porcentajes, que no suponen una alteración del enfoque del
Plan o de sus intervenciones, sino pequeñas adaptaciones fruto de la experiencia
adquirida por los gestores, concretas correcciones que se han detectado durante este
tiempo y precisiones que faciliten su aplicabilidad.
Así, más concretamente, el retraso de los plazos de entrada en vigor del cuaderno
digital de explotación implica necesariamente la correlativa modificación al efecto del
Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de
actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios, recientemente
modificado también por el Real Decreto 1050/2022, de 27 de diciembre.
Asimismo, la experiencia adquirida en la aplicación del marco jurídico que regula el
reconocimiento y el funcionamiento de las organizaciones de productores del sector de
frutas y hortalizas ha demostrado la necesidad de introducir ciertos ajustes técnicos en la
norma, y en el caso de las intervenciones sectoriales durante los primeros meses de
implantación se han detectado algunas cuestiones que afectan al correcto desarrollo del
funcionamiento y la gestión de los distintos tipos de intervención, relacionados con los
beneficiarios, el calendario de aplicación, los plazos de notificación y la corrección de
ciertas erratas. Por todo ello, se precisa la modificación de las siguientes normas, que
conforman el grupo normativo regulador de estas materias: Real Decreto 532/2017,
de 26 de mayo, por el que se regulan el reconocimiento y el funcionamiento de las
organizaciones de productores del sector de frutas y hortalizas; Real Decreto 1179/2018,
de 21 de septiembre, por el que se regulan los fondos y programas operativos de las
organizaciones de productores del sector de frutas y hortalizas; Real Decreto 857/2022,
de 11 de octubre, por el que se regulan los fondos y programas operativos de las
organizaciones de productores del sector de las frutas y hortalizas y de sus asociaciones
en el marco de la intervención sectorial del Plan Estratégico de la Política Agrícola
Común; Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, por el que se regula la Intervención
Sectorial Vitivinícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común; y el
Real Decreto 906/2022, de 25 de octubre, por el que se regula la Intervención Sectorial
Apícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común.
En lo que respecta al Real Decreto 1051/2022, de 27 de diciembre, por el que se
establecen normas para la nutrición sostenible en los suelos agrarios, se precisa facilitar
la puesta en marcha de determinados aspectos técnicos, reforzar la coherencia con otras
normativas sectoriales y aclarar redacciones confusas.
Por último, en relación con el Real Decreto 147/2023, de 28 de febrero, por el que se
establecen las normas para la aplicación de penalizaciones en las intervenciones
contempladas en el Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, se hace necesario
clarificar algunos conceptos que afectan a la determinación de las penalizaciones en el
caso de que se use el sistema monitorización, en aquellos casos que hay
sobredeclaración de superficies, así como a los ecorregímenes. También se procede con
este cambio a mejorar y aclarar el sistema de aplicación de las penalizaciones en las
intervenciones sectoriales, como es el caso del sector vitivinícola.
En suma, procede adaptar la normativa nacional reguladora de estos aspectos para
su aplicación en la próxima campaña de ayudas.
Este real decreto se dicta en virtud de las habilitaciones normativas que se
emplearon en el caso de las normas que ahora se modifican. Así, la modificación del
Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, se dicta en virtud de lo dispuesto en la
disposición final segunda de la Ley 43/2002, de 20 de noviembre, de sanidad vegetal. En
segundo lugar, las modificaciones del Real Decreto 532/2017, de 26 de mayo; del Real
Decreto 1179/2018, de 21 de septiembre; del Real Decreto 857/2022, de 11 de octubre;
del Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre; y del Real Decreto 906/2022, de 25 de
octubre se dictan al amparo de la concreta normativa europea reguladora de su
respectiva materia. En tercer lugar, las modificaciones de los Reales
Decretos 1051/2022, de 27 de diciembre, y 147/2023, de 28 de febrero, se han dictado al
amparo de la disposición final decimosexta de la Ley 30/2022, de 23 de diciembre, por la

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