III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Deuda del Estado. (BOE-A-2024-1303)
Resolución de 22 de enero de 2024, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se disponen determinadas emisiones de Letras del Tesoro a tres, seis, nueve y doce meses a realizar durante el año 2024 y el mes de enero de 2025, y se convocan las correspondientes subastas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 20

Martes 23 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 9033

7. La fecha de pago para quienes no sean Miembros del Mercado Primario de
Deuda Pública registrados en el Banco de España, según se prevé en el apartado 1 de
esta Resolución, será el último día hábil anterior al de la puesta en circulación de los
valores, hasta las catorce horas. No obstante, la fecha de pago se retrasará hasta la
fecha de desembolso en aquella parte de las peticiones aceptadas, cuyo pago se efectúe
con los fondos provenientes de la amortización de valores de Deuda del Estado, para los
cuales el Banco de España haya recibido orden de reinversión.
El pago de las Letras adjudicadas a ofertas presentadas por Miembros del Mercado
Primario de Deuda Pública registrados en el Banco de España se hará en la fecha de
emisión y puesta en circulación de los valores, mediante adeudo de su importe efectivo
en la cuenta que la entidad presentadora tenga designada en el Banco de España.
8. Las subastas irán seguidas de una segunda vuelta, a la que tendrán acceso en
exclusiva los Creadores de Mercado que actúan en el ámbito de las Letras del Tesoro,
que se desarrollará entre la resolución de las subastas y las doce horas del día hábil
anterior al de puesta en circulación de los valores y que será adjudicada al precio
equivalente al tipo de interés marginal resultante de la fase de subasta, conforme a la
normativa reguladora de estas entidades.
9. Las Letras del Tesoro emitidas como resultado de las subastas que se convocan
quedarán registradas en la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro,
Compensación y Liquidación de Valores, SA Unipersonal bajo la misma referencia que
aquellas otras con las que resulten fungibles por coincidir en la fecha de vencimiento, y
tendrán las mismas características que aquéllas, con independencia de su fecha de
emisión. Asimismo, las Letras del Tesoro emitidas se admitirán de oficio a negociación
en AIAF Mercado de Renta Fija.

cve: BOE-A-2024-1303
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 22 de enero de 2024.–El Director General del Tesoro y Política Financiera,
P. D. de firma (resolución de 5 de septiembre de 2022), la Subdirectora General de
Gestión de la Deuda Pública, Mercedes Abascal Rojo.

https://www.boe.es

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X