III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-1287)
Resolución de 11 de enero de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto «Construcción de abastecimiento de agua a Huesca. Conducción desde el embalse de Montearagón y nueva ETAP».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 23 de enero de 2024

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3. Los movimientos de maquinaria y/o vehículos y las zonas de aparcamiento se
ceñirán a las áreas delimitadas.
4. El promotor comunicará, con un plazo mínimo de un mes, al órgano competente
en materia de medio ambiente de Aragón las fechas previstas para el comienzo de la
ejecución del proyecto, para que, en su caso, pueda designar personal para el
seguimiento de las medidas establecidas. En función del resultado de dicho seguimiento,
si se revelase necesario, dicho órgano podrá establecer medidas de protección
adicionales de obligado cumplimiento.
5. Se evitarán afecciones innecesarias sobre la vegetación natural de la zona,
ajustando el trazado final de la tubería y jalonando las superficies que resultarán
afectadas. En los tramos que discurran junto a sotos, el diseño minimizará la afección a
la vegetación de ribera y a los árboles con mejor estado de conservación. Así mismo, el
Plan de restauración se proyectará y ejecutará para restablecer las comunidades
vegetales originales en todas las superficies temporalmente afectadas.
6. Las cortas de arbolado imprescindibles deberán disponer de previa autorización
de la administración competente.
7. La construcción de la conducción de entrada se suspenderá entre los PK 0+000
y 6+150 entre marzo y junio ambos inclusive, y en su último cruce del río Flumen entre
Quicena y Loporzano entre el 15 de febrero y el 30 de junio. Personal técnico
especializado en fauna prospectará la zona de actuación para detectar la posible
presencia de especies protegidas. En caso de que se detectase su presencia en las
inmediaciones del proyecto o en el mismo cauce del río Flumen, estos periodos y zonas
de exclusión se adaptarán para evitarles molestias y garantizar su reproducción.
8. Se evitarán los trabajos nocturnos en todas las zonas de las obras, y se limitará
la velocidad para la circulación de vehículos en 30 km/h debido al posible riesgo de
colisión o atropello. En caso de producirse accidentes con fauna silvestre, los ejemplares
deberán depositarse en los centros o lugares que determine al respecto el órgano
administrativo competente.
9. La línea eléctrica debe proyectarse y mantenerse de acuerdo con el
Decreto 34/2005, de 8 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen las
normas de carácter técnico para las instalaciones eléctricas aéreas con objeto de
proteger la avifauna, y al Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se
establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución
en líneas eléctricas de alta tensión.
10. Todos los excedentes de obra y cualquier tipo de residuos que se pueda
generar y que no puedan ser aprovechados en la propia obra, se deberán retirar,
evitando su almacenamiento prolongado en la zona de obra, y se gestionarán
adecuadamente según su calificación y codificación. Tras la finalización de las obras, el
entorno deberá quedar libre de cualquier resto constructivo y en perfectas condiciones
de limpieza. Así mismo, los residuos asimilables a urbanos, generados durante la fase
de obra o explotación, deberán ser transportados a vertederos autorizados.
11. Se adoptarán medidas para la prevención de incendios teniendo en cuenta la
Orden AGM/139/2020, de 10 de febrero, por la que se prorroga transitoriamente la Orden
de 20 de febrero de 2015, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente,
sobre prevención y lucha contra los incendios forestales en la Comunidad Autónoma de
Aragón para la campaña 2015/2016, o la Orden anual vigente para el momento en que
se realicen las obras. También se tendrá en cuenta el Plan Especial de Protección Civil
de Emergencias por Incendios Forestales de Aragón.
12. Se llevará a cabo el Plan de Vigilancia Ambiental, cuyas actuaciones se
encontrarán contempladas en el presupuesto del proyecto, y cubrirá 3 anualidades de
acuerdo con el documento ambiental. En este Plan se asegurará el cumplimiento y la
eficacia de las medidas ambientales previstas tanto en fase de obra como en
funcionamiento. El Plan de seguimiento incluirá, entre otras, las actuaciones de
protección arqueológica y paleontológica, afecciones a la fauna, plan de restauración,
instauración de pantalla vegetal en la ETAP, medidas frente a colisión y electrocución de

cve: BOE-A-2024-1287
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Núm. 20