III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Instituto Nacional de Administración Pública. Cursos. (BOE-A-2024-1201)
Resolución de 12 de enero de 2024, del Instituto Nacional de Administración Pública, por la que se convocan cursos de especialización específicos para el ámbito local.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 19

Lunes 22 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 8418

– De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 60.2 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22
de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, se reservará al menos un
cuarenta por ciento de las plazas en cada una de las actividades para su adjudicación a
mujeres que reúnan los requisitos establecidos, salvo que el número de solicitudes de
mujeres sea insuficiente para cubrir este porcentaje.
3.3 Se podrá participar en actividades de formación durante los permisos por parto,
adopción o acogimiento, así como durante la situación de excedencia por cuidado de
familiares, según lo dispuesto en los artículos 49 y 89.4 del texto refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015,
de 30 de octubre.
3.4 En aplicación del Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se
regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas
con discapacidad, las personas con discapacidad que soliciten participar en una
actividad formativa podrán hacer constar tal circunstancia en la inscripción, y podrán
indicar, las adaptaciones necesarias para poder realizarla en el caso de que hayan sido
seleccionadas.
Cuarto.

Régimen académico.

Las personas seleccionadas que no observen las reglas elementales de respeto y
consideración hacia personal docente, participantes o personal del INAP y, en general,
que contravengan lo dispuesto en el Código Ético del INAP, podrán ser excluidas de las
actividades formativas en las que estén participando y de futuras convocatorias.
Quinto.

Régimen de participación y aprovechamiento.

Los alumnos habrán de asistir y conectarse con regularidad al curso de
especialización con el detalle señalado en la correspondiente guía didáctica. Con
generalidad, una inasistencia o desconexión superior al treinta por ciento en el cómputo
total de horas lectivas programadas imposibilitará la expedición de la certificación y dará
lugar a la baja en el curso, con pérdida de todos los derechos.
En las acciones formativas en línea deberá prestarse especial atención a las normas
que la guía docente y los tutores establezcan para su desarrollo.
Los participantes deberán disponer de un equipo que tenga la configuración técnica
necesaria en cada caso para su realización. Cualquier duda o problema técnico,
derivado del acceso a páginas web o de la descarga o instalación de las aplicaciones
requeridas para la realización de la actividad formativa, deberá ser consultada con el
administrador del sistema del equipo que esté utilizando.
La falta de conexión o asistencia, sin previo aviso o justificación, de quienes
hubiesen sido seleccionados para participar en la actividad podrá determinar su
exclusión en convocatorias posteriores.
Certificado.

Los participantes que acrediten un buen aprovechamiento de las enseñanzas
impartidas recibirán un correo electrónico indicándoles la dirección electrónica a la que
podrán acceder para descargarse el certificado en soporte digital. Para la obtención del
certificado del curso será imprescindible haber superado satisfactoriamente las pruebas
y actividades evaluables, así como cumplir con el resto de los requisitos detallados en la
guía didáctica de la acción formativa.
Séptimo.

Información adicional.

La información detallada del curso será expuesta en la página web del Instituto. Se
podrá solicitar información adicional a través del correo electrónico fl@inap.es.

cve: BOE-A-2024-1201
Verificable en https://www.boe.es

Sexto.