II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-1165)
Resolución de 10 de enero de 2024, de la Universitat de València, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso, por el sistema general de acceso libre, a la Escala Técnica Básica de Arquitectura-Delineante/a.
14 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 19

Lunes 22 de enero de 2024

Sec. II.B. Pág. 8164

por la Junta Qualificadora de Coneixements del Valencià o por el Servei de Llengües i
Política Lingüística de la Universitat de València, o bien el certificado de homologación
emitido por este Servicio.
8.2 Si la persona no cumple el requisito anterior se comprometerá a realizar los
oportunos cursos de formación y perfeccionamiento que se organicen para este efecto,
para adquirir el nivel B1 de conocimientos de valenciano en el plazo de un año desde la
toma de posesión en el puesto, o en el tiempo que permita la programación del Servei de
Llengües i Política Lingüística de la Universitat de València.
Novena.

Relación de la persona aprobada y presentación de documentos.

9.1 Una vez finalizado el proceso selectivo se publicará en el «Diari Oficial de la
Generalitat Valenciana» (DOGV), por resolución del Rectorado, la lista definitiva con el
nombre de la persona aprobada con la puntuación obtenida.
9.2 En el plazo de diez días hábiles, contados desde el día siguiente de la
publicación en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana» (DOGV) del nombre de la
persona seleccionada, esta deberá presentar en el Servei de Recursos Humans (PAS)
de esta Universitat la siguiente documentación:

9.3 Si la persona aprobada no presenta la documentación dentro del plazo indicado
(excepto en el caso de fuerza mayor) o si hay falsedad en los documentos presentados,
esto comportará la invalidez de las actuaciones de esta persona y la nulidad
subsiguiente de los actos del órgano técnico de selección respecto de ella, sin perjuicio
de las responsabilidades en que haya podido incurrir.
9.4 Quienes tuvieran la condición de personal funcionario o personal laboral al
servicio de la Universitat de València están exentos de presentar la documentación
relativa a los apartados 9.2.1, 9.2.2 y 9.2.3 que ya tuvieran anteriormente acreditada ante
la misma. No obstante, lo anterior, el órgano convocante podrá solicitar que se vuelva a
exigir una nueva acreditación de aquellos requisitos cuando lo considere conveniente por
el tiempo transcurrido desde su obtención o porque guarden relación directa con las
funciones o tareas del puesto a desempeñar.

cve: BOE-A-2024-1165
Verificable en https://www.boe.es

9.2.1 Certificado de nacimiento expedido por el registro civil correspondiente o
fotocopia del DNI o NIE.
9.2.2 Fotocopia cotejada con el original de los títulos académicos exigidos en esta
convocatoria.
9.2.3 Fotocopia cotejada del certificado acreditativo del conocimiento de valenciano
nivel B1, si es necesario, según lo que se dispone en la base octava de la convocatoria.
9.2.4 Declaración de no haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario,
de alguna administración o cargo público; así como de no encontrarse inhabilitado/a
penalmente para el ejercicio de las funciones públicas. Si alguna persona seleccionada
fuera nacional de otro Estado comunitario, deberá presentar una declaración de no
encontrarse sometida a ninguna sanción disciplinaria o condena penal que le impida el
acceso a la función pública en su Estado.
9.2.5 Certificado médico acreditativo de poseer la capacidad física y psíquica
necesarias para el ejercicio de las funciones del puesto de trabajo ofertado. A tal efecto,
los reconocimientos se realizarán a través de los servicios médicos concertados por la
Universitat de València.
9.2.6 Si la persona seleccionada tiene alguna discapacidad, deberá aportar un
certificado del órgano competente de la comunidad autónoma sobre la capacidad para
llevar a cabo las tareas que correspondan a los puestos de trabajo objeto de esta
convocatoria.
9.2.7 Si la persona seleccionada ha disfrutado de la exención o bonificación de las
tasas deberá presentar fotocopia cotejada con el original de la documentación que
justifique el motivo de esta.