II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-1165)
Resolución de 10 de enero de 2024, de la Universitat de València, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso, por el sistema general de acceso libre, a la Escala Técnica Básica de Arquitectura-Delineante/a.
14 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 19

Lunes 22 de enero de 2024

Sec. II.B. Pág. 8163

Durante el proceso selectivo, el órgano técnico de selección resolverá todas las
dudas que puedan surgir sobre la aplicación de estas normas, así como lo que se deba
hacer en los casos no previstos.
El procedimiento de actuación del órgano técnico de selección se ajustará en todo
momento a lo que dispone la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público.
6.7 El órgano técnico de selección adoptará las medidas necesarias para que las
personas aspirantes con discapacidad tengan las mismas condiciones para la realización
de los ejercicios que el resto de las personas participantes. En este sentido, se
establecerán las adaptaciones posibles de tiempo y medios para las personas aspirantes
que lo soliciten de acuerdo con la base 3.7.
6.8 Para las comunicaciones y el resto de las incidencias que puedan surgir, el
órgano técnico de selección tendrá su sede en el Rectorado de la Universitat de València
(Av. Blasco Ibáñez, 13, 46010 València).
6.9 Las personas que formen parte del órgano técnico de selección que actúe en
estas pruebas tendrán la categoría que para estos casos determine la legislación vigente.
6.10 En ningún caso el órgano técnico de selección podrá aprobar ni declarar que
ha superado las pruebas selectivas un número de personas superior al de los puestos
convocados. Cualquier propuesta que contravenga lo que se ha establecido será nula de
pleno derecho.
6.11 La presidencia del órgano técnico de selección adoptará las medidas oportunas
para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición sean corregidos sin conocimiento
de la identidad de las personas aspirantes, en aquellos ejercicios que sea procedente.
Séptima.

Información y actuaciones del órgano técnico de selección.

1.º Atendiendo, en su caso, a la puntuación obtenida en el ejercicio de carácter
práctico.
2.º Si continua el empate, se atiende la mayor puntuación obtenida en el primer
ejercicio.
3.º Si, a pesar de todo, se mantiene el empate, se atiende, en su caso, a la
puntuación global de la fase de oposición y, si persiste el empate, este se dirimirá por
sorteo.
Octava. Conocimientos de valenciano.
8.1 La persona que supere las pruebas selectivas deberán acreditar el
conocimiento de valenciano de nivel B1, con certificados, diplomas o títulos expedidos

cve: BOE-A-2024-1165
Verificable en https://www.boe.es

7.1 Toda la información que sea necesario comunicar a las personas aspirantes, la
lista de personas aprobadas de cada uno de los ejercicios, y cualquier otro anuncio que el
órgano técnico de selección estime pertinente, se publicará en el tablón oficial de anuncios
electrónicos de la UVEG (https://webges.uv.es/uvTaeWeb/), en el apartado de personal de
administración y servicios y, con carácter meramente informativo, en la página web del
Servei de Recursos Humans (PAS), cuya dirección es: https://www.uv.es/pas.
7.2 Una vez finalizado el proceso selectivo de oposición, se procederá a obtener la
lista de la persona aspirante aprobada que lo haya superado.
Con el resultado de las calificaciones obtenidas, el órgano técnico de selección, de
acuerdo con lo que se establece en el artículo 16 del Reglamento de Selección de
Personal de Administración y Servicios de la Universitat de València (ACGUV 11/2021),
expondrá la relación definitiva de personas aprobadas por orden de puntuación y
elaborará una lista con el nombre de todas las personas aspirantes que han superado el
proceso selectivo, por orden de puntuación. La lista se interrumpirá cuando el número de
personas aprobadas coincida con el número de puestos convocados.
7.3 Si en la elaboración de la citada lista se produjese un empate entre la
puntuación de las personas aprobadas, el orden se establecerá de la manera siguiente: