III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Convenios. (BOE-A-2024-1089)
Resolución de 9 de enero de 2024, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., por la que se publica el Convenio con la Asociación Española de Fabricantes de Azulejos y Pavimentos Cerámicos, para la ejecución de una campaña de promoción internacional del sector cerámico para el año 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 18

Sábado 20 de enero de 2024
Cuarta.

Sec. III. Pág. 8024

Implicaciones económicas.

El importe económico máximo previsto con cargo al presente convenio es de
setecientos sesenta y cinco mil euros (765.000 euros), comprometiéndose cada parte a
cofinanciar los gastos de las actividades que se vayan a ejecutar al amparo del presente
convenio de conformidad con los porcentajes que se detallan en el siguiente cuadro por
mercados:
Mercado

Aportación ICEX Aportación ASCER


Porcentaje
Porcentaje

Alemania.

35

65

Canadá.

50

50

Estados Unidos.

65

35

Francia.

35

65

Italia.

35

65

Reino Unido.

35

65

Rusia.

65

35

La aportación máxima de ASCER para esta campaña asciende a cuatrocientos
quince mil ciento setenta y dos euros con sesenta y nueve céntimos (415.172,69 euros).
La aportación máxima de ICEX para esta campaña asciende a trescientos cuarenta y
nueve mil ochocientos veintisiete euros con treinta y un céntimos (349.827,31 euros).
La aportación de ASCER se ingresará mediante transferencia bancaria en la cuenta
designada al efecto por ICEX para atender los gastos asociados al desarrollo del objeto
del convenio dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha en la que este convenio
adquiera eficacia.
En el caso de que existan sobrantes o cantidades sin gastar, estas serán repartidas
entre las partes, en función del porcentaje de contribución a los gastos.
Quinta.

Vigencia.

El presente convenio estará vigente desde la fecha en la que adquiera eficacia hasta
el 31 de diciembre de 2024, sin posibilidad de prórroga.
El convenio se perfecciona en el momento de su firma y será eficaz una vez inscrito
en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector
público estatal (REOICO) en el plazo de cinco (5) días hábiles desde su formalización.
Adicionalmente, será publicado en el plazo de diez (10) días hábiles desde su
formalización en el «Boletín Oficial del Estado».
Comisión de Seguimiento.

Para el seguimiento y evaluación, de las actividades relacionadas con el presente
convenio se constituirá una Comisión de Seguimiento integrada por dos (2)
representantes designados por ASCER y otros dos (2) designados por ICEX (en lo
sucesivo, indistintamente, la Comisión de Seguimiento, o la Comisión).
Por parte de ASCER formarán parte de la Comisión:
– La persona titular de la Secretaría General; y
– La persona titular del departamento de comercio y promoción exterior.

cve: BOE-A-2024-1089
Verificable en https://www.boe.es

Sexta.