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Acuerdo GOV/256/2023, de 5 de diciembre del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural por el que se declara la utilidad pública del proyecto de parque eólico ampliación Colladetes y de sus infraestructuras de evacuación, y su prevalencia sobre la utilidad pública del monte Malladetes, Resplanada y Perxets, número 42 del Catálogo de montes de utilidad pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 19 de enero de 2024

Sec. V-B. Pág. 2458

También la Sección de Bosques y Recursos Forestales de Les Terres de l'Ebre
ha informado que la construcción del parque eólico afecta directamente y de
manera negativa a los terrenos del monte catalogado de utilidad pública
Malladetes, Resplanada i Perxets, núm. 42 del CUP, y que se considera
incompatible con la conservación, protección, restauración, mejora y
aprovechamiento ordenado del monte y con la persistencia de sus valores
naturales.
En fecha 18.10.2022, a solicitud de la Oficina de Medio Ambiente de Les
Terres de l'Ebre, para disponer de los elementos de juicio necesarios para efectuar
la evaluación de impacto ambiental, la Sección de Bosques y Recursos Forestales
de los Servicios Territoriales en Les Terres de l'Ebre remite copia de los informes
previos de fechas 10.5.2022, 5.8.2022 y 14.10.2022, en los que el órgano
competente en materia de montes confirma las afectaciones sobre los terrenos del
monte catalogado de utilidad pública.
7. En fecha 3.11.2022, la Ponencia de Energías Renovables emite declaración
de impacto ambiental con carácter favorable para el Proyecto de parque eólico
Ampliación Colladetes de 13,37 MW sobre terreno y sus infraestructuras de
evacuación, condicionada a que el Proyecto definitivo se desarrolle de acuerdo con
los criterios y condiciones determinadas en el estudio de impacto ambiental. Estas
condiciones específicas se refieren a la necesidad de incorporar medidas relativas
a los niveles sonoros y protección del medio nocturno; protección del medio
hidrológico; protección del suelo y de la vegetación; medidas compensatorias
dirigidas a la protección de la pareja de águila perdicera de Nimes; mejora de las
bases contra incendios; necesidad de estudiar la posibilidad de minimizar la
ocupación del suelo y reducir el impacto visual acumulativo de la línea de
evacuación; dar cumplimiento a las medidas sobre el patrimonio cultural, así como
a la necesidad de que el promotor del Proyecto se responsabilice de la ejecución
del Programa de vigilancia ambiental.
8. En fecha 14.12.2022, la Comisión de Urbanismo de Les Terres de l'Ebre
acuerda aprobar definitivamente el Proyecto de actuación específica en suelo no
urbanizable para la instalación del parque eólico, la línea interna subterránea de
interconexión, la ampliación de la subestación eléctrica El Perelló, la línea aérea de
evacuación de la energía y la obra civil correspondiente a los accesos.
9. En fecha 17.2.2023, el órgano competente en materia de energía dirige
escrito a la Sección de Bosques y Recursos Forestales, a fin de que manifieste si,
a la vista de la declaración de impacto ambiental de fecha 3.11.2022 y la
aprobación del Proyecto de actuación urbanística de fecha 14.12.2022, puede
considerarse que la utilidad pública del Proyecto de parque eólico sería prevalente
sin perjuicio de preservar debidamente los valores protegidos del monte público.
10. En fecha 28.2.2023, la Sección de Bosques y Recursos Forestales se
ratifica en su posición y mantiene expresamente su oposición y objeciones ya
manifestados respecto al reconocimiento de la utilidad pública del Proyecto de
parque eólico.
11. En fecha 24.7.2023, la directora general de Energía dicta la Resolución
ACC/2757/2023, por la que se otorga a la empresa ENERVENT, SA la autorización
administrativa previa del Proyecto del parque eólico Ampliación Colladetes de
13,37MW sobre terreno en suelo no urbanizable, en el término municipal de El
Perelló, en la comarca del Baix Ebre, y su infraestructura de evacuación, líneas
soterradas a 20 kV, subestación transformadora SET El Perelló 20/110 kV y línea

cve: BOE-B-2024-1553
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Núm. 17